El asesor
¿Puede la comunidad identificar a un propietario moroso antes de la junta?
Únicamente se puede informar a los propietarios morosos para que éstos sepan que estarán privados de su derecho de voto
Me gustaría saber si en una comunidad podemos identificar a un propietario moroso (informando de la vivienda en la que vive, piso y puerta, y la cantidad que adeuda) a fin de que el resto de los vecinos sepan, con anterioridad a la celebración de la reunión, el nombre del moroso. Muchas gracias. (Consulta de Beatriz Sanz)
Pregunta respondida por Patricia Briones, abogada y asesora del Colegio Profesional de Adminstriadores de Fincas de Madrid (Cafmadrid)
Para cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos, únicamente se puede informar de los propietarios morosos en la convocatoria de la junta para que éstos sepan que estarán privados de su derecho de voto durante la celebración de la misma. Y de la misma forma quedará reflejado en el acta. Esta convocatoria se enviará al domicilio facilitado a efecto de notificaciones por el propietario por lo que no deberá exponerse la misma en el tablón de anuncios de la comunidad.