¿Quién debe ocuparse de las reparaciones de los electrodomésticos de un piso en alquiler?

Debe ser el propietario quien las abone, a no ser que el inquilino la haya provocado intencionadamente o por mal uso

Llevo seis años como inquilino en un piso. Cuando entramos, los electrodomésticos de la cocina no eran nuevos, pero tampoco eran demasiado antiguos. Digamos que tendrían un par de años. El caso es que el congelador del frigorífico no está funcionando adecuadamente. Tiene fugas y placas de hielo. Tengo que comentárselo a mi casero, pero no estoy seguro de si él está obligado a cambiarlo o debo ser yo el que compre uno nuevo. (Consulta de Marcos de Miguel)

Responde Ferran Font, director de Estudios de pisos.com

Quien debe pagar la reparación de los electrodomésticos de un piso alquilado suele ser uno de los aspectos que generan más dudas entre propietarios e inquilinos. En el caso de las averías de electrodomésticos de uso frecuente debe ser el propietario quien las abone, a no ser que el inquilino la haya provocado intencionadamente o por mal uso. Excepcionalmente el inquilino la pagará cuando sea una avería mínima como por ejemplo un filtro o un piloto.

Lo que sí deberá pagar el arrendatario son las reparaciones de los daños que él o sus visitas cause en la vivienda, como por ejemplo una puerta rota.

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