ECONOMÍA
Hacienda te podría multar si mueves esta cantidad de dinero y no lo declaras
El Ministerio de Hacienda obliga a declarar los movimientos de dinero cuando se supera una determinada cantidad
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Declarar los movimientos de dinero es una de las obligaciones que tienen todos los contribuyentes. Especialmente, cuando se trata de movimientos de grandes cantidades o movimientos de entrada o salida de dinero de España. En este último caso, según el Ministerio de Hacienda, es obligatorio declarar los movimientos que son superiores o iguales a 10.000 euros.
Es una medida que tiene como finalidad combatir las prácticas de blanqueo de capital a nivel internacional. A nivel nacional, si se mueven más 100.000 euros en efectivo dentro del país, hay que informar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Qué movimientos hay que declarar?
Cualquier persona puede entrar o salir de España con cualquier cantidad de dinero, al igual que también puede mover diferentes cantidades dentro del territorio nacional, pero existen dos casos concretos en los que, según la Agencia Tributaria, es necesario realizar una Declaración de Movimientos de Medios de Pago:
Los dos supuestos en los hay que declarar
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Entrar o salir de España con una cantidad igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
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Realizar movimientos de pago dentro de España que sean iguales o superiores a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
Esta medida se aplica a todas las personas físicas, salvo las que actúen por empresas que estén autorizadas por el Ministerio del Interior a realizar actividades de transporte profesional de fondos.
Una vez realizada la Declaración de Movimientos de Medios de Pago, esta tendrá validez para realizar un único movimiento. En caso de realizar un nuevo movimiento de dinero, será necesario volver a realizar otra declaración.
¿Cómo se hace la Declaración de Movimientos de Medios de Pago?
Para realizar una Declaración de Movimientos de Medios de Pago es necesario rellenar un formulario que está disponible en la página web de la Agencia Tributaria. Existen cuatro tipos de formularios en función de la acción que se realice y de la forma en la que se moverá el dinero:
Tipos de formularios:
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Formulario E1: movimientos de entrada o salida del país de 10.000 euros o más acompañados de una persona física.
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Formulario E2: movimientos de entrada o salida del país de 10.000 euros o más sin acompañar.
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Formulario S1: movimientos de 100.000 euros dentro del país acompañados de una persona física.
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Formulario S2: movimientos de 100.000 euros dentro del país sin acompañar.
Los formularios se pueden tramitar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en cualquier oficina física con una cita previa.
¿Qué multas puedes recibir?
En caso de no declarar este tipo de movimientos a la Agencia Tributaria, la multa mínima es de 600 euros, una cantidad que podría ascender hasta llegar al 50% del total de la cantidad que se ha movido.
La multa, además, podría traer consigo una inspección de Hacienda para comprobar que no se realiza ninguna actividad fraudulenta o ilegal. Si fuera así, la sanción podría suponer incluso penas de cárcel.