Guía sobre el complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital: requisitos y cuantías
El objetivo de la prestación es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de los miembros más vulnerables de la sociedad
Cómo presentar la solicitud del IMV y cuál es el trámite obligatorio para que no la denieguen
¿Tiene paga extra de verano el IMV?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV), como se explica en la página de La Moncloa, «es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que, ya vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas». Además, con el paso del tiempo, va sufriendo cambios y mejoras: según la Seguridad Social, «la principal novedad es la entrada en vigor del nuevo complemento de ayuda para la infancia, recogida en la Ley del IMV, publicada en el BOE del pasado 21 de diciembre«.
Pero, ¿en que consiste exactamente? Se trata de un dinero extra que se añade cada mes al IMV por cada menor que haya en la unidad de convivencia.
Cuantías del suplemento
La cantidad que se otorga varía en función de la edad del niño: mientras que por los que tienen menos de tres años se reciben cien euros; por los que están dentro de una horquilla que va de los tres a los seis años se perciben 70 euros y por los mayores de seis años (ya hasta los 18), 50.
Requisitos necesarios
Ahora bien, una vez solucionada la duda de la cuantías, también es importante conocer qué requisitos es necesario cumplir para poder ser beneficiario de estos complementos. La Seguridad Social establece dos condiciones:
- La primera es que «la unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada ni el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV».
- Y el otro requisito es que «no se debe superar seis veces la renta garantizada de un adulto o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia».
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