El Gobierno refuerza el control previo sobre las inversiones extranjeras en empresas estratégicas
Aprueba un decreto para establecer el tipo de empresas y operaciones que requieren autorización pública
Calviño maniobra para reforzar el control del Gobierno sobre las inversiones en empresas estratégicas antes del 23J

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros un nuevo decreto, a apenas unas semanas de las elecciones generales, que refuerza y aclara el control previo sobre las inversiones extranjeras en empresas estratégicas en España. Una norma que precisa el ámbito de actuación del Ejecutivo y fortalece la base jurídica con la que actúa en este aspecto.
Como adelantó ABC, el Ejecutivo ha aprovechado el último Consejo de Ministros antes del inicio de la campaña electoral para dar otra vuelta de tuerca al llamado escudo 'antiopas' que, desde el inicio de la pandemia, ha otorgado a La Moncloa la última palabra sobre la práctica totalidad de operaciones de inversión extranjera en empresas españolas consideradas estratégicas. Este escudo 'antiopas' exige que ciertas inversiones foráneas deban recabar antes la autorización del Gobierno.
Ahora, con este decreto, se modifica el régimen jurídico sobre ese control previo. «Para el control de las inversiones extranjeras era necesario promulgar un nuevo real decreto que desarrollara el marco normativo nacional que cambió con la introducción del artículo 7 bis de la Ley 19/2003 en 2020, que suspende el régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España que quedan sujetas a autorización previa», ha informado el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Así, el Ejecutivo justifica este decreto ya que, dice, «también necesario para adaptar la normativa española a la normativa comunitaria», que establece un marco reglamentario para los mecanismos de control de inversiones extranjeras procedentes de fuera de la UE.
En concreto, entre otras cosas, la norma delimita el perímetro de actuación del Gobierno con el escudo 'antiopas'. «El nuevo real decreto de inversiones establece el tipo de empresas extranjeras y de operaciones que necesitan o no solicitar una autorización de inversión a la administración, lo que mejora la predictibilidad de la norma. Además, se establecen una serie de exenciones al régimen de autorización previa», ha informado el ministerio competente.
Más allá de esto, en ese mismo decreto «también se mejoran y reducen los plazos administrativos para los inversores extranjeros». El plazo de resolución pasa de los seis meses actuales a tres meses. Aparte, se prevé la posibilidad de consulta voluntaria, vinculante para la administración y con un plazo de respuesta de 30 días hábiles.