Renta 2016

Las deducciones que te puedes aplicar por tu vivienda habitual

Algunos contribuyentes pueden seguir disfrutando de la deducción en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012

Los propietarios que compraron antes de 2013 siguen teniendo derecho a la deducción por vivienda MAYA BALANYA

CRISTINA CASILLAS

La vivienda habitual todavía puede ser objeto de deducciones. Pero solo para aquellos contribuyentes que adquirieron una vivienda antes del 1 de enero de 2013 , (excepto por aportaciones a cuentas vivienda), estableciéndose un régimen transitorio, regulado en la nueva disposición transitoria decimoctava de la Ley de IRPF, que les permite seguir disfrutando de la deducción en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012.

¿Quiénes tienen derecho al régimen transitorio¿

Desde el 1 de enero de 2013 solo tienen derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el período de que se trate los siguientes contribuyentes:

a) Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.

Lee la noticia completa en Finanzas.com

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación