Renta 17-18
¿Puedo deducirme por la cuota de afiliación al partido político al que estoy adscrito?
Podrán deducirse hasta un 20% con una base máxima de 600 euros
Sí, las cuotas de afiliación, así como las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores, que se hayan efectuado durante el ejercicio dan derecho a la aplicación de una deducción del 20 por ciento de las cantidades satisfechas, siendo la base máxima de esta deducción 600 euros anuales. Esto quiere decir que las cantidades aportadas por encima de los 600 euros no podrán disfrutar de esta deducción.
La aplicación de esta deducción está condicionada a que el contribuyente disponga del documento acreditativo de la cuota satisfecha al partido político perceptor.
Iván Sáez Fuertes y Rocío Manso, Director y consultora del departamento People Advisory Services de EY, responden a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017