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Los cambios en los contratos laborales a partir de septiembre: ¿cuáles son?
Las medidas entrarán en vigor a partir del 1 de septiembre
El Gobierno dará incentivos para fomentar las contrataciones indefinidas y la incorporación al mercado laboral de colectivos vulnerables
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![En septiembre habrá nuevos cambios en material laboral](https://s2.abcstatics.com/lavozdigital/www/multimedia/economia/2023/08/17/trabajo-cambios-contrarios-kP7H-U6064209835wrD-1200x840@abc.jpg)
El Consejo de Ministros aprobó a principios de año el Real Decreto-ley 1/2023 de medidas urgentes en materia de incentivos para la contratación laboral y protección social para las personas artistas.
Esta legislación entrará en vigor el próximo 1 de septiembre y trae cambios que favorecerán la incorporación de colectivos vulnerables a las empresas.
Los objetivos que se busca con esta norma son varios, entre ellos se busca la creación de empleo estable y la incorporación de personas con baja empleabilidad. También recibirán bonificaciones las empresas que contraten a personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género, personas en situación de exclusión social, desempleadas de larga duración y víctimas del terrorismo, etc.
Objetivos de esta norma
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Impulso prioritario de la contratación de colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad.
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Contratación temporal limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos así como la contratación laboral vinculada a la conciliación.
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Garantía del principio de igualdad y no discriminación.
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Impulso de la mejora de la calidad del empleo de los trabajadores.
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Fomento de la contratación de las personas con discapacidad.
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Impulso de la creación neta de empleo y su mantenimiento.
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Fomento del trabajo autónomo y de la economoía social.
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Reconocimiento e impulso de la participación de otros agentes en medidas que favorezcan esta norma.
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Reconocimento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo.
Bonificaciones para las empresas
Hay una serie de ayudas destinadas a las empresas tales como las bonificaciones por la contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite. Estas recibirán 128€ cada mes durante cuatro años.
Las contrataciones indefinidas de personas trabajadoras que han cesado en la empresa por incapacidad permanente o absoluta contarán con una bonificación de 138€ cada mes durante dos años.
Si la empresa contrata a una mujer de forma indefinida que ha sufrido violencia de género, violencia sexual o trata de ser humano, explotación sexual o laboral, etc., recibirá 128€ al mes durante cuatro años.
La contratación indefinida de personas en situación de exclusión social recibirá una bonificación de 128€ cada mes durante cuatro años.
Por otra parte, la bonificación por la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración es de 110€ durante tres años. Cuando estos contratos se concierten con mujeres o con personas de 45 o más años, la bonificación indicada será de 128€ al mes durante tres años
Las empresas recibirán 128€ cada mes durante cuatro años si contratan de forma indefinida a personas que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo.
Bonificaciones que desaparecen
Con el nuevo sistema de ayudas a la contratación, hay bonificaciones que desaparecen. A partir del 1 de septiembre no sé se podrán aplicar las bonificaciones a la contratación de familiares de hasta segundo grado (excepto a las personas con discapacidad) ni a las personas trabajadoras que hubieran estado en la misma empresa los 12 meses anteriores con un contrato indefinido o que hubieran estado seis meses con un contrato temporal o formativo.
También se deroga la bonificación total por los contratos a desempleados por la sustitución de trabajadores por maternidad, adopción y acogimiento. Desde el próximo mes esta bonificación desaparece y pasará a ser de 336€ para los siguientes casos:
-Contratos de duración determinada de jóvenes desempleados menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que están percibiendo prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
-Contratos de duración determinada realizados a jóvenes desempleados menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que estén percibiendo prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor.