Así aumentan las ayudas económicas de los servicios de Atención a la Dependencia

El Ministerio de Derechos Sociales y la mayoría de las comunidades autónomas acordaron poner fin a los recortes introducidos en el Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD)

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Fotografía de archivo de una anciana en silla de ruedas en una sala con más personas AdobeStock

S. I.

Sevilla

El pasado 20 de diciembre el Ministerio de Derechos Sociales y la mayoría de las comunidades autónomas acordaron, a través de un Real Decreto pendiente de aprobación, «poner fin a los recortes introducidos en el Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD) en 2013, lo que supondrá aumentar las cuantías económicas máximas y mínimas de las ayudas, eliminar ciertos requisitos en el acceso a las prestaciones para cuidados en el entorno familiar, ampliar los servicios de atención residencial y aumentar las horas de ayuda a domicilio, entre otras medidas», recoge la agencia de noticias Servimedia.

Según estimaciones del Ministerio, con esta reforma cerca de 700.000 personas se verán beneficiadas, figuren en el grupo de grado de dependencia en el que figuren. Ahora bien antes de desgranar a cuánto ascenderían las ayudas en cada grupo es conveniente saber qué son estas prestaciones, con que finalidad se otorgan y las diferencias que existen entre los distintos grados de dependencia.

Definición y grados de prestaciones de dependencia

Como se explica desde la Junta de Andalucía, «las prestaciones de dependencia son servicios y ayudas económicas destinadas a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para hacer las actividades básicas de la vida diaria». A ello, el Ejecutivo regional añade que sus objetivos son «facilitar la existencia autónoma de la persona, todo el tiempo que desee y sea posible, en su medio habitual», así como «proporcionarle un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, posibilitando su incorporación activa en la comunidad».

Una vez aclarado este punto, el Gobierno andaluz informa de que el artículo 26 -la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero- contempla tres grados de dependencia:

- Grado I o dependencia moderada, es decir, «cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal».

- Grado II o dependencia severa, o sea, «cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de una persona cuidadora».

- Y, por último, Grado III o gran dependencia, o, lo que es lo mismo, «cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal».

Hablando en números

Pues bien, según informa Servimedia, «las prestaciones para cuidados en el entorno familiar se incrementarán un 17,65%, lo cual absorbe el recorte del 14,9% que se dio en 2013». De este modo, las cuantías máximas mensuales pasarán:

- De 153 a 180 euros en el caso del Grado I.

- De 268,79 a 315,90 euros en el caso del Grado II.

- De 387,64 a 455,40 euros en el caso del Grado III.

Por su parte, las prestaciones económicas para la asistencia personal crecerán un 4,5%, de modo que el cuadrante quedaría así:

- De 300 a 313,50 euros en el caso del Grado I.

- De 426,12 a 747,25 euros en el caso del Grado II.

- De 715,07 a 747,25 euros en el caso del Grado III.

Además, las prestaciones económicas vinculadas al servicio también aumentarán un 4,5%:

- La ayuda vinculada a servicios de atención residencial se quedará en 747,25 euros, igualándose así la cuantía máxima del Grado II a la que corresponde al III.

- La ayuda vinculada al servicio de centro de día ascenderá a 445,30 euros, equiparándose la cuantía máxima del Grado I a la que corresponde al II.

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