Cuentas sin cuentos
En la lucha contra el fraude fiscal no caben los atajos
El varapalo judicial a la declaración de bienes en el extranjero muestra que se sobreactuó con las sanciones, y que el equilibrio entre fines y medios también es aplicable a la Hacienda Pública
Desde que en el año 2012 junto al proceso de amnistía fiscal se aprobó la obligatoriedad de presentar el modelo 720 para declarar los bienes en el extranjero, se han aflorado más de 223.000 millones de euros que la Hacienda Pública ya tiene bajo control . Sin duda, la medida ha dado resultado. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiona y declara ilegales los métodos utilizados para conseguirlo . No todo vale, ni siquiera cuando se trata de la todopoderosa Hacienda Pública.
El Tribunal considera que la normativa española, que impone multas de hasta el 150% sobre la cuota del impuesto, calculado además sobre el valor de los bienes no declarados, tiene un carácter desproporcionado . Además la Justicia europea echa por tierra la no prescripción de la irregularidad o el delito, y argumenta que la normativa pone trabas a la libre circulación de capitales.
Cuando Cristóbal Montoro , entonces ministro de Hacienda, instituyó la obligación de presentar este modelo, con unas multas y sanciones tan draconianas, muchos interpretaron que se trataba de una forma de animar a que quienes tuvieran dinero no declarado en el exterior se acogieran a la amnistía fiscal. Se trataba de usar la táctica del palo y la zanahoria : si afloras el dinero que tienes escondido fuera prácticamente no vas a pagar nada a Hacienda, pero como no lo hagas y te pille te crujo. En ese momento la amnistía fiscal recibió muchas críticas . La excusa de que se hacía para obtener dinero extra en un momento de fuerte crisis económica para corregir el déficit no fue suficiente para convencer a la oposición y a la sociedad de sus bondades. De hecho, un lustro después, en 2017, el TC declaraba la amnistía inconstitucional, y aunque criticaba duramente la medida, porque rompía la igualdad de todos los españoles ante el Fisco, permitió que no se revisaran las declaraciones de quienes se habían acogido al proceso de regularización, con lo que éstos pudieron respirar tranquilos. Eso sí dejó muy claro que en España no se volverán a aplicar este tipo de medidas, que sí se habían llevado a cabo en el pasado.
Ahora, la sentencia europea sí abre la puerta a que los sancionados en esta década por no haber declarado sus bienes en el extranjero puedan reclamar. Según los cálculos de Hacienda, esto podría suponer un coste para las arcas públicas de unos 230 millones de euros, pero no es eso lo peor . Los inspectores de Hacienda advierten de que esta sentencia puede afectar a expedientes que se están tramitando en los juzgados, y no solo en el ámbito fiscal. Es posible que algunos delincuentes queden exonerados porque la información sobre los bienes que tenían escondidos en el extranjero en ejercicios ya prescritos se había obtenido, precisamente, de la declaración del modelo 720. Entre los beneficiados, por ejemplo, estará la familia Pujol , que ya ha reclamado a Hacienda los 1,7 millones de euros que pagó de multa en 2014 al aflorar los bienes que tenía en el exterior. Nadie duda, tampoco la sentencia, de la utilidad de declarar los bienes en el exterior para luchar contra el fraude fiscal, pero no valen los atajos ni cercenar los derechos de los contribuyentes, imponiendo sanciones y las multas totalmente confiscatorias.
La sentencia no pilla por sorpresa al Ministerio de Hacienda. La CE ya había manifestado sus dudas sobre la legalidad de la medida , pero los distintos gobiernos no se dieron por aludidos. No debía ser tan difícil cambiar la norma, cuando nada más conocerse el fallo, Hacienda ya ha anunciado su modificación. Mantendrá la obligación de presentar el 720, pero con menos sanciones y con plazo de prescripción.