El TJUE desestima los recursos de la OCU y Aeris para acceder a los documentos sobre la resolución del Popular

La asociación de consumidores reclamó acceso el expediente del procedimiento, la valoración hecha por Deloitte y todas las notificaciones o comunicaciones efectuadas

Oficina del Banco Popular ABC

T. S. V.

El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) ha dado hoy la razón al Banco Central Europeo (BCE) tras desestimar varios recursos presentados por la OCU y la sociedad Aeris Invest, brazo inversor de la familia Luksic y exaccionista del Banco Popular contra las decisiones del BCE, que les denegó el acceso a determinados documentos sobre la resolución del Popular en 2017.

La mayor parte de los recursos presentados por la organización de consumidores y por Aeris Invest han sido desestimados por el tribunal europeo de primera instancia. Ambos pedían acceso para consultar, entre otros papeles, al expediente completo del procedimiento de resolución, a la valoración hecha por Deloitte y a todas las notificaciones o comunicaciones efectuadas.

Hay que recordar que el Banco Popular entró en 2017 en un proceso de resolución ordenado por la Junta Única de Resolución europea que finaliza con su adquisición por parte del Banco Santander por un euro. El proceso conllevó pérdidas millonarias a accionistas y tenedores de deuda de la entidad.

Con respecto a la OCU, el TJUE ha dictaminado que la organización «no podía invocar el derecho de defensa» y, en consecuencia, tampoco «una solicitud de acceso al expediente carecía en todo caso de objeto». Los jueces europeos también han rechazado la idea de que la información sobre los activos y pasivos del Popular fuera de dominio público. De la sentencia se extrae que los documentos solicitados «contienen información confidencial protegida por el secreto profesional» y, en consecuencia, el BCE «consideró fundadamente que estaba amparada por la excepción al derecho de acceso».

Con respecto al recurso de Aeris Invest, que sufrió pérdidas millonarias, la sociedad también pedía la divulgación del uso de la provisión urgente de liquidez (ELA) por el Banco Popular en los días anteriores a su resolución , así como información sobre la situación de liquidez y los ratios de capital.

No obstante, con respecto al recurso de la familia Luksic, el tribunal de Luxemburgo ha estimado la reclamación de la firma con respecto a una de las decisiones del BCE , pero solo en la medida en que denegó el acceso al resultado de una votación en el Consejo de Gobierno del instituto emisor.

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