El Supremo obliga a una aseguradora a pagar un seguro de vida de 1,5 millones por un suicidio

El Alto Tribunal confirma la sentencia de la Audiencia Provincial por entender que al contratar la póliza no se hizo con ánimo de suicidarse

La sede del Tribunal Supremo José María Barroso

S.E.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de indemnización de 1,5 millones de euros a una aseguradora a la familia de un hombre que se suicidó un año después de suscribir su seguro de vida. La compañía se negó a pagar en un principio y ahora, agotada la última instancia, deberá hacer frente al pago de dicha cantidad.

En 2009 el fallecido suscribió la póliza con un capital de 1,5 millones en caso de fallecimiento y justo un año más tarde se produjo su muerte. La aseguradora entendía que no aportó los datos suficientes sobre su situación financiera y que habría ocultado los antecedentes de suicidio en su familia. Así, la empresa consideró que lo contrató con el objetivo de suicidarse.

A pesar de ello, el Alto Tribunal concluye que la intención al contratar no fue el suicidio. Por ello, rechaza los argumentos de la aseguradora para tratar de librarse del pago de la indemnización de la póliza.

El proceso

En primera instancia, la justicia española aceptó los argumentos de la aseguradora de que se habían ocultado datos relevantes sobre su situación financiera.

En segunda instancia, la Audiencia Provincial dio la razón a la viuda demandante y ahora el Supremo ha confirmado la sentencia avalando el criterio de la Audiencia.

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