El Supremo cuestiona la reforma laboral y admite la prórroga de varios años de un convenio

El Alto Tribunal confirma una sentencia de la Audiencia Nacional contra el recurso de Tragsa

Concentración de trabajadores de Tragsa en la plaza de Zocodover, en Toledo LUNA REVENGA
Javier González Navarro

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El Tribunal Supremo ha declarado que el convenio colectivo de la empresa pública Tragsa mantiene su vigencia y es de plena aplicación a pesar de que terminó el 31 de diciembre de 2013 porque en el mismo se recoge que «se entenderá prorrogado de año en año hasta que sea sustituido por otro texto». Tragsa tenía una plantilla de 11.000 trabajadores al acabar el año pasado.

El Supremo confirma la sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional de febrero de 2015 ante la que Tragsa presentó un recurso de casación acogiéndose a la reforma laboral aprobada en 2012, que limita a un año la ultraactividad (prórroga) de los convenios.

Los representantes de los trabajadores de Tragsa (UGT, CSIF, CGT, CC.OO. y el comité intercentros) presentaron varias demandas sobre conflicto colectivo porque la empresa les envió diversas cartas a partir de septiembre de 2014 anunciándoles que el mencionado convenio «está derogado y no vigente», aunque mantenía «unilateralmente, de manera temporal y a título personal las condiciones» hasta el 31 de diciembre de 2014 y, posteriormente, hasta marzo de 2015.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, «se felicita de esta sentencia que podemos considerar de referencia para las empresas del sector público , en lo que se refiere a la aplicación de la reforma laboral».

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