El requisito para que el «suplemento Covid» que añaden algunos comercios y bares sea legal
En la OCU avisan de que algunas terrazas están introduciendo disposiciones nuevas como fijar un consumo mínimo o establecer un tiempo máximo de permanencia
Con la reapertura durante la desescalada, algunos consumidores se han quejado por el cobro de un «suplemento Covid» de hasta 60 euros que añaden algunos comercios por los gastos adicionales de desinfección de tiendas, talleres de reparaciones de coches, peluquerías o clínicas dentales, entre otros establecimientos. Desde Legálitas puntualizan que esta tasa es legal siempre y cuando se avise al consumidor de antemano mediante cartelería u otros medios. En esta línea, recuerdan que estos importes se deben especificar mediante la indicación expresa de la cantidad y aplicarse o no en todas las circunstancias por igual.
Desde la Organización de Consumidores OCU confirman que este coste extra «puede ser exagerado, pero es legal». No obstante, desde la OCU también inciden en que se debe solicitar el consentimiento expreso al cliente. Además, el sobrecoste a cobrar tendrá que ser «ajustado al precio real». «Si al cliente se le hubiera intentado cobrar sin haber sido advertido, podrá rechazarlo y denunciarlo ante el organismo de consumo competente, ya sea municipal o autonómico», advierten desde la OCU.
Por contra, desde Facua creen que cobrar un «suplemento Covid» no se ajusta a la normativa aún cuando se informe al usuario antes de cobrarlo. En la organización de consumidores Facua denuncian que cobrar en un bar un recargo para paliar los costes de limpieza del local «resulta tan ilícito como que antes de la pandemia cobrasen un extra por limpiar la mesa o por el hecho de que los camareros lleven un uniforme». En un comunicado, Facua señala que un número creciente de establecimiento están aplicando lo que denominan com recargo, tasa o suplemento Covid.
Asimismo, en la OCU avisan de que algunas terrazas están introduciendo disposiciones nuevas como fijar un consumo mínimo o establecer un tiempo máximo de permanencia. «También son prácticas legales, siempre y cuando se informe antes al cliente», señalan. Lo que no es legal - advierten desde la OCU- es ampliar el espacio a costa de quitar superficie de acera a los peatones.
Tasas en colegios
Desde Legálitas también avisan de que hay colegios privados y concertados que están anunciando su intención de subir las tarifas el próximo curso para poder hacer frente a gastos adicionales como la desinfección diaria intensiva de las aulas y distribución de mobiliario para cumplir con la distancia mínima de seguridad.
Tal como ocurre con otros servicios, en el caso de colegios privados o concertados, los centros y las familias tienen una relación contractual, por lo que podría ser legal que las mensualidades aumentaran , siempre que estas subidas estuvieran indicadas correctamente de antemano. No obstante, los padres pueden decidir si continuar o no con el contrato de la educación de sus hijos en dicho centro.
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