Repsol no podrá instalar nuevas gasolineras en 40 provincias el año que viene

En el caso de Cepsa, las limitaciones a su crecimiento quedan restringidas a cuatro

Estación de Repsol en Madrid SAN BERNARDO

EUROPA PRESS

Repsol no podrá incrementar el número de estaciones de servicio durante un año en 40 provincias, islas o ciudades autónomas, al superar la cuota de mercado del 30%, el umbral fijado para limitar este crecimiento empresarial en la nueva normativa sobre competencia en el sector de hidrocarburos aprobada por el Gobierno en 2013.

En el caso de Cepsa , las limitaciones a su crecimiento quedan restringidas a cuatro, que son el territorio de Ceuta y las islas de Formentera, Ibiza y Menorca.

Mientras, Disa tendrá limitada la expansión en el territorio canario, en las islas de Fuerteventura, Gran Canaria, La Palma, Lanzarote, Tenerife, La Gomera y el Hierro.

Las provincias en las que Repsol no podrá crecer son Albacete, Alicante, Asturias, Ávila, Badajoz, Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cantabria, Ciudad Real, Córdoba, A Coruña, Cuenca, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Ourense, Palencia, Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona y Teruel.

Tampoco podrá sumar nuevas estaciones de servicio en Toledo, Valladolid, Vizcaya, Zaragoza, Formentera, Ibiza y Mallorca, según consta en una resolución de la Dirección General de Políticas Energética y Minas publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La normativa establece que los operadores con una cuota de mercado superior al 30% no podrán incrementar el número de instalaciones en régimen de propiedad o en virtud de cualquier otro título que les confiera la gestión directa o indirecta de la instalación.

Tampoco podrán suscribir nuevos contratos de distribución en exclusiva con distribuidores al por menor que se dediquen a la explotación de l a instalación para el suministro de combustibles y carburantes a vehículos , con independencia de quién ostente la titularidad o derecho real sobre la misma.

En todo caso, la norma permite a los operadores renovar los contratos preexistentes aun cuando con ello superen la cuota de mercado establecida como tope.

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