Pymes y autónomos tendrán que pedir al banco los créditos avalados por el Estado: estas son las condiciones

Las empresas tienen hasta el próximo 30 de septiembre para solicitar estos préstamos avalados para pagar nóminas, facturas, necesidades de circulante y deudas financieras y tributarias

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El Gobierno dio luz verde ayer al despliegue de los primeros 20.000 millones de euros de la línea de avales por 100.000 millones del Instituto de Crédito Oficial (ICO) destinados a evitar que las entidades financieras cierren el grifo del crédito al tejido productivo en este momento de apuros. Las grandes empresas, pymes y autónomos podrán solicitarlos ya a través de su banco.

¿Para qué sirven estos avales públicos al crédito?

La falta de ingresos va a llevar a muchas empresas a tener que pedir crédito o renovar las líneas que ya tengan concedidas para afrontar sus pagos. Sin embargo, ante la incertidumbre de que puedan devolver ese dinero, difícilmente los bancos les prestarían. Con estos avales, el Estado cubre entre el 60% y el 80% de cada préstamo en caso de morosidad. Así, al correr menos riesgos, los bancos deberían conceder esa liquidez sin temor a sufrir grandes pérdidas en sus cuentas.

¿Qué empresas podrán pedir esos préstamos avalados?

Todas aquellas afectadas por el virus, desde autónomos a grandes compañías. Para los trabajadores por cuenta propia, microempresas y pymes, el aval del Estado será del 80% tanto para los nuevos créditos como para las refinanciaciones. La garantía a grandes empresas se reduce al 70% en el caso de la nueva financiación y al 60% para las renovaciones.

¿Para qué podrán usar esa finaciación?

Los préstamos avalados se destinarán básicamente a cubrir necesidades de liquidez como abonar las nóminas de los trabajadores y de facturas, necesidades de circulante y el pago de deudas financieras y tributarias.

¿Cómo se solicitan y qué condiciones tienen?

Los créditos los avala el ICO, pero los comercializan las entidades. Así, el empresario debe acudir a su banco para solicitar la línea. Se podrán pedir hasta el 30 de septiembre de este año, y con carácter retroactivo se puede aplicar a préstamos suscritos o renovados desde el pasado día 18. El plazo máximo del aval será de cinco años, y la banca fijará el tipo de interés a cobrar, aunque no podrá superar los precios a los que venían financiando. La entidad, por su parte, abonará al ICO una comisión de entre el 0,2% y el 1,2% en función del el plazo de amortización y el tamaño de la empresa. Para evitar que estos avales se usen para refinanciar créditos morosos del pasado, la empresa solicitante no podrá tener préstamos impagados a 31 de diciembre de 2019 ni estar en situación de concurso a 17 de marzo de este año.

¿Es suficiente esta medida para evitar quiebras?

Los avales del Estado al crédito a empresas debería permitir a compañías, pymes y autónomos acceder a la liquidez necesaria para afrontar sus pagos. Pero más allá de la liquidez bancaria, que en muchos casos obligará a las empresas a endeudarse, economistas y empresarios echan en falta otras medidas como la suspensión de la cuota de marzo a todos los autónomos, la ampliación de los plazos de autoliquidación de impuestos y de los pagos de las cuotas.

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