Portugal aprueba castigar hasta con tres años de cárcel el trabajo ilegal

La argumentación para la nueva medida está en que esa actividad «tiene efectos económicos y sociales, con impacto en la economía nacional, en la medida en que disminuye la recaudación de Hacienda y de la Seguridad Social»

La ministra de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social en Portugal, Ana Mendes Godinho EP
Francisco Chacón

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Portugal ha convertido en delito el trabajo no declarado, con penas que pueden llegar hasta los tres años de prisión . Es la cruzada del Gobierno de Antonio Costa contra la ilegalidad, que se enfrenta a una criminalización de ahora en adelante.

La argumentación para la nueva medida está en que esa actividad laboral, tan clandestina como extendida, «tiene efectos económicos y sociales, con impacto en la economía nacional, en la medida en que disminuye la recaudación de Hacienda y de la Seguridad Social». Las autoridades hacen hincapié en que sus consecuencias exigen «concienciar y sensibilizar a la opinión pública a empresarios y trabajadores» porque, entre otros motivos, genera riesgos.

Según la ministra de Trabajo, Ana Mendes Godinho, el objetivo pasa por «asegurar que siempre hay lugar a la posibilidad de desincentivar el recurso a esta modalidad , incluso en los casos de regularización voluntaria del trabajo no declarado».

La situación ajena a la Seguridad Social se extiende hasta los 12 meses inmediatamente anteriores y, a partir, comienza la aplicación de la nueva medida.

No se admite la opción de posibles interpretaciones añadidas porque la definición de lo que es ‘trabajo no declarado’ se determina con exactitud: es cualquier actividad profesional de carácter lícito, pero no declarada a los poderes públicos.

Así, se consideran supuestos como la falta de comunicación de los empleados a la Seguridad Social, la no declaración (total o parcial) de las cantidades pagadas o las falsas declaraciones en cuanto a la retribución.

El texto oficial recuerda que cualquier situación de trabajo ilegal puede esconder unas condiciones inadecuadas o precarias, además de «un factor de discriminación y de exclusión social».

La lista de los inconvenientes recae fundamentalmente sobre los trabajadores, aunque sus tentáculos se pueden extender (de hecho, sucede) a las empresas y a los gobiernos.

Por citar solo unos ejemplos, no resulta extraño que estas actividades deriven en unas malas circunstancias para ejercer el trabajo o la falta de derechos y apoyos sociales.

Si ocurre algún accidente, las personas en cuestión se ven perjudicadas por la ausencia de prestaciones de la Seguridad Social, por lo cual permanecen completamente desprotegidas . Y, claro está, los años en que se siga esta tendencia no cuentan para el cálculo posterior de las pensiones de jubilación.

Por parte del empresario que accede a estas falsas contrataciones, no puede olvidarse que se arriesga a tener empleados insatisfechos, lo cual puede repercutir en la productividad y la competitividad.

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