Sentencia del Supremo
Las vías que se abren ahora para reclamar la devolución del impuesto de las hipotecas
Asociaciones de consumidores han anunciado que llevarán el caso ante el TJUE, que además ya corrigió al alto Tribunal español en el caso de las cláusulas suelo
Finalmente, el Tribunal Supremo ha decidido que los clientes sigan pagando el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) de las hipotecas. Este fallo supone un giro respecto a la sentencia del pasado 16 de octubre en la que se indicaba que eran los bancos los interesados en inscribir la operación y elevarla a escritura pública y por lo tanto, el tributo debía correr a su cargo. La Sala Tercera del Alto Tribunal acordó tras dos días de deliberaciones y con 15 votos a favor frente a 13 en contra desestimar los recursos planteados y volver al criterio anterior según el cual el sujeto pasivo es el prestatario.
A pesar de la decisión tomada ayer, este caso aún tiene recorrido en los tribunales para aquellos consumidores que ya hayan abonado el impuesto. Asociaciones de consumidores han anunciado que intentarán que la resolución final llegue ante el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), que además ya corrigió al alto Tribunal español en el caso de las cláusulas suelo. Desde Adicae defienden el derecho de los consumidores a reclamar los gastos de la hipoteca , «cuya imposición a los afectados ya fue declarada nula por el Supremo en diciembre de 2015 y que ha originado ya centenares de sentencias reconociendo el derecho a recuperar todos o parte de los gastos pagados». Fuentes de Adicae confirman que seguirán adelante con la interposición de 83 demandas colectivas en las que reclamarán «la devolución de todos los gastos hipotecarios». «El impuesto de la hipoteca está dentro de una claúsula abusiva y habría que sacarla de contrato. Tras el fallo del Supremo de diciembre de 2015 en el que se declaraba abusiva la claúsula de gastos de las hipotecas, hay centenares de sentencias de audiencias inferiores que dictaminan que imponer todos los gastos al cliente es abusivo. Por ello, esperamos que algún juez eleve la cuestión judicial a Europa», indica un portavoz de Adicae en conversación telefónica.
Por su parte, en la asociación de consumidores OCU señalan que al igual que sucedió en el caso de las cláusulas suelo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) puede enmendar la plana a la justicia española y dictaminar que finalmente es el banco quien debe abonar el impuesto.
La sentencia podría abrir así la posibilidad de emprender reclamaciones por la vía civil. Los expertos de Ático Jurídico Salcedo Abogados consideran que el texto del fallo, que se hará público en los próximos días, también puede dar pie a reclamaciones por la vía civil . «El contenido de estos votos particulares, en la medida en que estén bien fundamentados jurídicamente, podría dar argumentos a los que por la vía civil (e incluso la tributaria), quieran seguir reclamando que sean las entidades bancarias, y no sus clientes, los que paguen el AJD de los préstamos hipotecarios», tal y como se indica en el blog de Ático Jurídico .
«Lo que ha ocurrido es tan inaudito que no nos explicamos cómo el Tribunal Supremo lo ha podido instrumentar» (Pelegrí Abogados)
La decisión del Alto Tribunal cierra sin embargo la puerta a la devolución generalizada por parte de la Agencia Tributaria que sí tendrá lugar con las retenciones en el IRPF en la prestación de maternidad. La única vía que queda abierta es la judicial, según aclara Benja Anglès, profesor de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Oberta de Cataluña. «Los contribuyentes que crean vulnerados sus derechos, tendrán que seguir la batalla judicial de forma individual, como ocurrió en el caso de las cláusulas suelo, e instar que la justicia española acuda al Tribunal de Justicia de la UE mediante una cuestión prejudicial y lograr allá un pronunciamiento favorable. Obviamente, ello implica recursos, tiempo y dinero , y la no certeza de conseguir tal pronunciamiento favorable», explica Anglés.
En definitiva, todos los expertos consultados alegan a esperar a conocer el contenido detallado de la sentencia. En esta línea, Amor Pelegrí, socia fundadora de Pelegrí Abogados, asegura que es necesario conocer a fondos los argumentos del fallo ya que en su opinión «lo que ha ocurrido es tan inaudito» que no se explican «cómo el Tribunal Supremo lo ha podido instrumentar».
De momento, tal y como recuerda Pelegrí, existen las mismas vías que antes para exigir la devolución del impuesto-a través del reclamo por cláusulas abusivas, aunque desde su despacho sugieren a los clientes que esperen para que se aclare la situación. «Indudablemente queda la vía de los Tribunales Europeos que puedan entender que la decisión del Supremo español no es ajustada a derecho», indica.
Cambios legales
Además, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este miércoles que el Ejecutivo aprobará este viernes una reforma del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para que los bancos sean quienes finalmente paguen este impuesto en los créditos que se firmen a partir de ahora y que no tendrá efectos retroactivos. Además, el Gobierno pondrá en marcha una autoridad independiente para la protección del cliente finaciero , encaminada a evitar abusos en este mercado.
Sánchez aclaró que este cambio legal viene motivado por la necesidad de «que nunca más los españoles paguen este impuesto». La modificación se llevará a cabo mediante un real decreto ley que se aprobará este viernes en Consejo de Ministros y que deberá contar con el visto bueno de la mayoría de grupos políticos en el Congreso de los Diputados.
A este respecto, la presidenta de Asufin, Patrica Suárez, señala que «es una buena noticia, pero no es suficiente». «Consideramos que el Gobierno debería suprimirlo y pedimos a los políticos que dejen de convocarnos a llenar las calles para manifestar lo evidente y que pasen de las palabras a los hechos: en sus manos está suprimir el impuesto en las Comunidades Autónomas donde gobiernan», indica.
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