Ocho preguntas para una jubilación perfecta
El ahorro sistemático en plan «hormiguita» nos permitirá, con un menor esfuerzo, alcanzar un capital final suficiente
A estas alturas parece claro que será indispensable complementar nuestra pensión pública si queremos preservar nuestro nivel de vida cuando nos jubilemos. EFPA España (Asociación Europea de Asesores Financieros) ha preparado un documento en el que repasa t odas las preguntas que debe realizarse un ahorrador cuando toma la decisión de contratar un plan de pensiones privado y un modelo, con diferentes supuestos de ahorro, con el cálculo de lo que podría acumular un inversor a la hora de jubilarse.
1. ¿Cuándo debemos empezar a ahorrar? Cuanto antes mejor, ya que el ahorro sistemático en plan 'hormiguita' nos permitirá, con un menor esfuerzo, alcanzar un capital final suficiente como para constituir una renta que complemente la pensión pública.
2. ¿Cómo debe ser nuestra inversión? Una persona joven podrá adoptar mucho más riesgo en planes de renta variable para obtener una mejor rentabilidad a largo plazo e ir trasladando, con el paso del tiempo, su cartera a posiciones más conservadoras.
3. ¿En qué entidad contratamos nuestro plan? Hay que analizar la calidad de la gestora por la que nos interesemos y comprobar si sus planes ocupan unas buenas posiciones en el ranking de rentabilidad a largo plazo (rentabilidad sostenida) y solvencia. La información clara, puntual y de calidad también debe ser un factor importante para evitar sustos.
4. ¿Existe alguna alternativa a los planes de pensiones?
Planes de Previsión Asegurados (PPA), que cuentan con las mismas ventajas fiscales que los planes de pensiones. Estos vehículos aseguran un tipo de interés para toda la duración del contrato y, año a año, remuneran a un tipo asegurado más alto que comunican al ahorrador antes de cada vencimiento anual.
Los Planes de Ahorro Individual Sistemático (PIAS) son contratos celebrados con entidades aseguradoras para constituir (con una duración mínima de 5 años con la nueva reforma fiscal), una renta vitalicia asegurada. Los rendimientos obtenidos en el periodo de ahorro no tributan si se constituye una renta vitalicia
Los Seguros de Vida de Ahorro no gozan de ventajas fiscales, pero permiten el rescate en cualquier momento.
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