Los notarios y registradores se podrán jubilar a los 72 años

Una enmienda a la primera parte de la reforma de las pensiones permite equiparar a estos trabajadores con jueces y fiscales

ABC

G. G.

La Comisión de Trabajo, Inclusión y Seguridad Social del Congreso de los Diputados ha limado esta semana la primera parte de la reforma de las pensiones que, tal y como ha publicado ABC, será votada en el pleno durante el mes de diciembre.

El cambio más importante ha sido la introducción en el texto del mecanismo de equidad intergeneracional, sustituto del factor de sostenibilidad del PP, y que incluye una subida de las cotizaciones sociales de 0,6 puntos durante diez años a partir de 2023. Una medida que el Ejecutivo necesitaba introducir vía enmienda tras dejarla en el aire en el acuerdo alcanzado con Unidas Podemos en verano.

Pero este no ha sido el único cambio que ha sufrido la reforma. La letra pequeña de la norma también incluye pequeñas modificaciones, como la producida en la edad forzosa de jubilación de los notarios y registradores de la propiedad, que se incrementará de 70 a 72 años.

Este cambio llega después de la aprobación de una enmienda de PDECat que salió adelante el pasado martes sin ningún voto en contra. De esta forma, los registradores y notarios que así lo deseen podrán seguir trabajando hasta los 72 años.

La medida era esperada por estos funcionrios, sobre todo porque se trata de una ampliación voluntaria y que ya está vigente en otros trabajadores similares, como jueces, magistrados y fiscales, que ya se pueden jubilar a los 72 años. Desde PDECat defienden que el cambio «es coherente con la racionalización del sistema de pensiones».

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