No se expropiarán segundas residencias durante la crisis del coronavirus
Según insiste el departamento que dirige José Luis Ábalos, ese enunciado «no permite la expropiación» sino que «habilita a las administraciones a buscar una solución habitacional, incluso en el mercado privado, si la administración no puede ofrecer alguna»
![Imagen del polémico artículo 4.3 de la orden](https://s3.abcstatics.com/media/economia/2020/04/12/boe-expropiacion-coronavirus-kMHC--1248x698@abc.jpg)
El ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos salió al paso de interpretaciones sobre una de sus normativas para aclarar que el programa de ayudas a las víctimas de violencia de género y personas desahuciadas «no permite la expropiación de viviendas vacías ni segundas residencias» mientras dure la crisis del coronavirus . Dicha afirmación se produjo después de que por redes sociales circulase una imagen de la orden ministerial que regula el programa de ayudas (la OM TMA/336/2020 de 9 de abril publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado) y se afirmase que el Gobierno podría quedarse con viviendas privadas.
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El párrafo cuestión del debate se incluye en artículo 4.3 de la orden y dice: «Cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes».
❌ #StopBulos
— Ministerio Transportes, Movilidad y A. Urbana (@mitmagob) April 11, 2020
@mitmagob ACLARA:
El programa de ayudas a las víctimas de violencia de género y personas desahuciadas NO PERMITE LA EXPROPIACIÓN de viviendas vacías ni segundas residencias.
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Según insiste el departamento que dirige José Luis Ábalos, ese enunciado «no permite la expropiación» sino que «habilita a las administraciones a buscar una solución habitacional, incluso en el mercado privado, si la administración no puede ofrecer alguna».
Explica que cuando el articulado dice «mismos regímenes» se refiere a los que aparecen en el mismo párrafo de la norma, pocas líneas antes, y corresponden a «en alquiler, cesión de uso, o cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho» .
Es decir, que en «esas circunstancias urgentes de extrema vulnerabilidad determinadas por los servicios sociales» de las comunidades autónomas -que son las que lo realizan-, «pueda recurrir, por ejemplo, a a lquilar una vivienda u ofrecer una habitación en un hotel y poder pagarlo con las ayudas del Plan Estatal».
Además, el Ministerio recuerda que esa posibilidad, que ya existía en el artículo 21, párrafo segundo, del Real Decreto 106/2018, «faculta a la administración a recurrir al mercado para buscar esa solución habitacional».
Por supuesto, remata la explicación del Ministerio en Twitter, « no es una medida inconstitucional ni ilegal, sino una solución más para garantizar el derecho constitucional a la vivienda (art. 47 C.E.) a mujeres maltratadas, personas o familias desahuciadas, personas sin hogar y personas especialmente vulnerables».
La norma en cuestión fruto del debate en redes sociales desarrolla un programa de ayudas directas de hasta 900 euros a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, personas sin hogar y personas especialmente vulnerables.