La Justicia europea confirma la multa de 2.420 millones de Bruselas a Google por abuso de posición dominante

Los jueces europeos reconocen la «naturaleza anticompetitiva» en la forma de actuar de Google con respecto a su servicio de comparación de precios

Logos de Google REUTERS / Vídeo: EUROPA PRESS

ABC

El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado este miércoles la multa de 2.420 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a la multinacional tecnológica Google por abuso de posición dominante a través de su servicio de comparación de precios, Google Shopping. En concreto, el tribunal de Luxemburgo ha desestimado el recurso que la compañía había interpuesto por la sanción adoptada en 2017 . La sentencia hecha pública este miércoles es, sin embargo, recurrible ante el Tribunal de Justicia, la mayor instancia de la Justicia europea.

«El Tribunal General desestima la mayor parte del recurso presentado por las compañías (Google y su matriz, Alphabet) y confirma la multa impuesta por la Comisión Europea», ha informado el tribunal en un comunicado.

La Justicia europea ratifica de esta manera una de las tres multas impuestas a la multinacional tecnológica por la Comisión Europea . Google también planteó recursos, todavía pendientes de fallo, contra la sanción de 4.340 millones por Android y contra la multa de 1.500 millones por AdSense .

En la sentencia de este miércoles, los jueces europeos reconocen la «naturaleza anticompetitiva» en la forma de actuar de Google con respecto a su servicio de comparación de precios. En primer lugar, la posición dominante, explican, no es en sí misma un aspecto de «crítica», pero favorecer la posición de Google Shopping en detrimento de sus competidores viola el principio de «competencia por méritos», tal y como denunció Bruselas.

En segundo lugar, el TJUE señala que el Ejecutivo comunitario concluyó con acierto que el comportamiento de Google tenía consecuencias perjudiciales para la competencia . Por ello, rechaza también el argumento de la multinacional que defendía que el mercado de comparadores de compra seguía siendo «fuerte» por la presencia de plataformas de compra. El tribunal con sede en Luxemburgo confirma que estas plataformas no desarrollan su actividad en el mismo mercado que los servicios de comparación de compras y avala el análisis de los servicios comunitarios.

En tercer lugar, el TJUE remarca que no existían «razones objetivas» que justificaran la conducta de Google . La multinacional argumentó que la calidad de Google Shopping había mejorado y este hecho había equilibrado el «efecto de exclusión». Sin embargo, la sentencia señala que Google «no ha demostrado los beneficios en eficiencia que habrían compensado los efectos negativos sobre la competencia».

Por último, el Tribunal General confirma la cuantía de la multa impuesta por Bruselas. Entre las razones que aporta para justificar esta decisión, los jueces subrayan la naturaleza «particularmente grave» de la infracción y el hecho de que la conducta fue desarrollada de manera «intencionada, no negligente».

Posición dominante

Con la sanción impuesta en 2017, la Comisión Europea daba por hecho que la tecnológica estadounidense había abusado «de su posición dominante» como motor de búsquedas en internet al «dar ventajas ilegales» a su servicio. La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, argumentó entonces que se había negado a otras empresas la oportunidad de competir sobre la base de sus méritos y la innovación.

Bruselas ya remitió un primer pliego de cargos a Google en abril de 2015 para denunciar que la compañía dota de «un trato favorable» a su comparador en sus páginas de resultados de búsquedas.

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