Audiencia Nacional

El juez rechaza citar a Ordóñez y a Restoy por la salida a Bolsa de Bankia

Andreu considera ambas declaraciones «inútiles, por infundadas», y recuerda que la instrucción, que ha durado cuatro años, «minuciosa y rigurosa»

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, instructor del caso Bankia

S.E.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado citar a declarar en calidad de investigados al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Ordóñez y al exvicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Fernando Restoy en el marco de la causa por la salida a Bolsa de Bankia.

El magistrado tacha la petición formulada por la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), defendida por el abogado y exlíder de UPyD Andrés Herzog, y el colectivo 15MpaRato, de «impertinente e inútil por infundada». Además, apunta que la instrucción de la causa se encuentra «prácticamente conclusa» tras una investigación «minuciosa y rigurosa que ha durado nada menos que cuatro años».

Andreu sigue, en este caso, el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, y rechaza las alegaciones de estas dos acusaciones que apuntaban a que los máximos responsables del órgano supervisor «ocultaron los problemas financieros, las irregularidades y manipulaciones contables» de Bankia durante la fusión y salida a Bolsa.

Asimismo, agrega que si aceptara investigarles sería como afirmar que « todos los funcionarios del Banco de España y de la CNMV participaron de forma consciente, voluntaria y material» en el perjuicio causado a los inversores. Es decir, «equivaldría a dar por probada la existencia de un plan delictivo acordado en el que, a aquellos, les correspondería hacer cuanto pudieran desde sus cargos públicos para mantener una calculada inacción institucional», agrega.

Crítica a la acusación popular

El magistrado reprocha la actuación del abogado de la CIC y le advierte que no puede desempeñar «un papel de suplencia general en la exigencia de responsabilidades de todo orden» como «remedio exhaustivo de cualquier infracción del orden social o político».

La CIC, presidida por Gonzalo Postigo, consideró que los informes complementarios elaborados por los peritos judiciales Antonio Busquets y Víctor Sánchez Nogueras y la práctica de las diligencias de investigación han arrojado «sólidos y concluyentes indicios delictivos» sobre la responsabilidad del Banco de España y de la CNMV. «Los informes de seguimiento y el testimonio de los inspectores del Banco de España acreditan que los máximos responsables de dicha institución conocían perfectamente los problemas detectados y decidieron ocultarlos», explicaba en su escrito del pasado día 8 de junio.

La CIC acusaba al supervisor de permitir que «se trasladara una imagen absolutamente irreal» de la situación financiera del banco y haya «coadyuvado al engaño masivo de inversores y clientes , que seguían depositando su confianza en una entidad aparentemente rentable y supuestamente modélica en cuanto a su gestión».

Asimismo, recordaba que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) comunicó en 2013 a la Fiscalía Anticorrupción cómo la Comisión Ejecutiva del Banco de España fue «suavizando» las conclusiones de sus inspectores y omitió realizar actuaciones coercitivas sobre las entidades a fin de impedir las «deficiencias» que se iban detectando.

Finalmente, la acusación popular apuntaba a la responsabilidad de la CNVM en la autorización por su parte de la salida a Bolsa de Bankia, «previa exención a la entidad de aportar sus cuentas anuales auditadas».

La Fiscalía Anticorrupción rechazó en un escrito todos estos argumentos y negó que los dos organismos participaran «consciente, voluntaria y materialmente» en la presunta estafa que supuso la salida a Bolsa de Bankia.

Tras recordar que la responsabilidad por imprudencia ha sido ya descartada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el fiscal recuerda que es «todavía más insostenible» perseguir una actuación dolosa porque no existen pruebas en la causa y «resulta radicalmente incompatible con la intervención que estas instituciones han tenido con vistas a la corrección de diversas malas prácticas en su momento detectadas».

«La opción de considerar la existencia de un delito doloso, esto es que los funcionarios del BE o de la CNMV participaron dolosamente por omisión en el delito de estafa que se investiga en estos autos, equivale a admitir que dichos funcionarios contribuyeron consciente, voluntaria y materialmente al resultado lesivo», concluyó.

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