El Estado nombrará consejeros en las firmas estratégicas que rescate

La obligación de lanzar una opa si se supera el 30% del capital queda anulada

Nadia Calviño, vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos (decha) y María Jesús Montero (izda) ministra de Hacienda EP

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Será el «último recurso» y tendrá un «carácter temporal ». E implicará el nombramiento de representantes en el consejo de administración por parte del Gobierno. Así será la entrada del Estado en el capital de aquellas empresas que se consideren estratégicas y cuya viabilidad penda de un hilo a causa de la crisis del coronavirus. El real decreto ley de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, publicado ayer en el BOE y que entra hoy en vigor, especifica que el Estado deberá resolver en un plazo máximo de seis meses las solicitudes de ayuda de las empresas al fondo de «rescate» -dotado con 10.000 millones- y a su vez quedará eximido de la obligación que actualmente fija la ley de lanzar una oferta pública de adquisición (opa) en caso de que el porcentaje que deba adquirir supere el 30% del capital de la empresa.

Además, la representación estatal, a la que solo se procederá previa solicitud de la empresa interesada, se verá reflejada en el consejo de administración de las compañías en una proporción «equivalente a su cuota de participación». El Gobierno utiliza de esta forma la puerta abierta por la Unión Europea en materia de ayudas estatales para que los Estados puedan ayudar a compañías en determinadas situaciones derivadas de la crisis del Covid-19.

La normativa comunitaria establece determinadas limitaciones tanto en su inyección, como en ciertas políticas de las empresas beneficiarias como el plazo que durará la inyección. Las ayudas en forma de recapitalización deberán estar acompañadas por un plan de desinversión y, en cualquier caso, «será remunerada en línea con lo dispuesto en el referido marco temporal y cumplirán con el resto de los requisitos establecidos en este», se refleja en el BOE.

El fondo será gestionado desde la SEPI a través del consejo gestor , de nueva creación, un órgano colegiado interministerial adscrito al Ministerio de Hacienda. Será el Tesoro Público quien ingresará el importe de los dividendos, intereses, plusvalías y cualquier otro tipo de remuneración que derive de las inversiones, de la participación y así como de los órganos de administración de las empresas que hayan sido rescatadas.

Además, la norma fija que todas las transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos que se deriven de la entrada de dinero público «estarán exentos de cualquier tributo estatal, autonómico o local , sin que proceda, en este último caso, la compensación en materia de tributos locales»

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