El Gobierno mantiene la prohibición de entrada de cruceros hasta que finalice el estado de alarma

El Ejecutivo subraya que la Comisión Europea señala que los brotes previos de Covid-19 en buques de crucero han puesto de manifiesto la especial vulnerabilidad de los entornos cerrados durante los viajes largos

Imagen de un crucero en el puerto de Barcelona Inés Baucells

ABC

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha dictado una Orden, en vigor desde hoy mismo, por la que se mantiene la prohibición de entrada a puertos españoles de buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto. Esta prohibición, que hasta ahora había sido prorrogada en dos ocasiones, estará vigente en principio hasta que finalice el estado de alarma.

En la Orden, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se explica que el transporte de pasajeros debe conservar «ciertas medidas de contención y preventivas» para impedir la propagación del coronavirus y detener la progresión de la enfermedad. Por esta razón, explica el Gobierno, se mantiene la restricción de entrada de los buques de pasaje tipo crucero vigente desde las 0.00 horas del pasado 13 de marzo.

El Ejecutivo subraya que la Comisión Europea, en una comunicación fechada el 13 de mayo, señala que «los brotes previos de Covid-19 en buques de crucero han puesto de manifiesto la especial vulnerabilidad de los entornos cerrados durante los viajes largos. Antes de que las embarcaciones de crucero reanuden sus operaciones, los operadores de buques deben establecer procedimientos estrictos para reducir el riesgo de contagio a bordo y para proporcionar asistencia médica adecuada en caso de contagio».

En este sentido, el Gobierno apunta que la «todavía compleja situación y la naturaleza imprevisible y dinámica de su evolución, así como las directrices y recomendaciones de la Comisión», desaconsejan el levantamiento de la restricción de entrada de cruceros a puertos españoles mientras los operadores no establezcan procedimientos «estrictos» para reducir el riesgo de contagio a bordo y los puertos en su ruta puedan, en caso de necesidad, organizare para que los viajeros y los miembros de la tripulación reciban tratamiento médico y se puedan llevar a cabo repatriaciones y cambios de tripulación.

También como medida preventiva, la Orden de Transportes tampoco permite recalar en puerto español a los buques y embarcaciones de recreo extranjeras que no tenga su puerto de estancia en España, salvo las que entren solamente con tripulación profesional a bordo.

Esta Orden se aplicará en todo el territorio nacional, independientemente de la fase en que se encuentren los distintos ámbitos territoriales en aplicación del plan para la desescalada, salvo disposición expresa en otro sentido.

Permite vuelos y ferris procedentes de Italia

En la misma orden, el Gobierno autoriza desde este martes la entrada de nuevo en territorio español de vuelos y ferris procedentes de Italia, prohibida con motivo del estado de alarma. Así, quedan derogadas las restricciones al transporte aéreo y marítimo procedente del país transalpino que se establecieron por órdenes ministeriales en marzo y abril.

Según el departamento que dirige José Luis Ábalos, la evolución de la pandemia en el ámbito de la Unión Europea «permite derogar y dejar sin efecto las normas que establecieron las restricciones específicas de los vuelos y buques de pasaje procedentes de Italia».

En la orden publicada este martes en el BOE, el ministerio también flexibiliza la validez de los títulos y certificados necesarios para que los marinos ejerzan profesionalmente en los buques, debido a las dificultades derivadas de mantener su competencia profesional.

Asimismo, las homologaciones de los centros y cursos de formación marítima ven extendida su validez por periodos que permitan que las prórrogas a conceder se acompasen al restablecimiento de la actividad inspectora administrativa. Por otra parte, las actividades inspectoras, limitadas hasta ahora a situaciones de emergencia, se acomodan al proceso del Plan para la desescalada.

Además, se permitirá a los pasajeros, «en determinadas travesías de los buques de pasaje entre puertos españoles, permanecer dentro de sus vehículos, siempre que se pueda garantizar un nivel suficiente de seguridad global».

«Esta medida de protección de los pasajeros tiene origen en una de las recomendaciones de las directrices sobre el restablecimiento progresivo de los servicios de transportes y la conectividad», explica la orden.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación