Galán carga contra el juez del caso Villarejo y reclama a la Audiencia Nacional que le corrija

Recurre a la Sala de lo Penal ante el «monumental enredo» en el juzgado por un auto en el que fue exonerado por error

El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán ABC

Isabel Vega

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, ha presentado un recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que reclama que corrija al juez del caso Villarejo y le saque del asunto, confirmando un auto de la semana pasada que contenía errores en la redacción y parecía estarle exonerando. Culpa al instructor, Manuel García Castellón, de lo que califica como «enredo monumental», así como le reprocha un «voluntarismo» judicial en su negativa a levantarle la imputación.

El escrito, al que tuvo acceso ABC, trae cuenta de los autos por los que el juez archivó la causa para tres directivos de Iberdrola el pasado 13 de marzo y entre ellos, el que fue consejero-director general de negocios, Francisco Martínez Córcoles, al no apreciar indicios de su participación en los contratos de la eléctrica con empresas del comisario José Manuel Villarejo.

Tal y como informó este diario, en un primer momento se dictó auto contestando a la petición de archivo que había pedido Galán. El resultado de la decisión era que se rechazaban sus pretensiones, pero toda la argumentación jurídica que contenía aquella resolución decía lo contrario: «A la vista de las diligencias practicadas y conforme a lo anteriormente expuesto mantener la imputación de José Ignacio Sánchez Galán sería contrario al principio de culpabilidad». La cuestión es que había un error, porque donde decía Galán, debía decir Martínez Córcoles.

El juez dictó auto anulando esa resolución y firmó una nueva sobre Galán que sí recogía las razones para mantenerle imputado en el caso Villarejo, pero para el presidente de Iberdrola, no ha lugar a tal corrección. Pide a la Sala de lo Penal que confirme el argumentario en su favor que recogía el auto erróneo y le saque definitivamente de la causa, porque no obran más que «meras sospechas» de su participación.

«El único perjudicado por el monumental enredo procesal generado es mi mandante, quien, tras comprobar que, por fin, sus planteamientos exculpatorios eran acogidos por el Juzgado, asiste, sorprendido, a un proceso de mutación radical del criterio judicial al margen de todos los principios y normas de procedimiento», dice el escrito.

«Voluntarismo» judicial

Afirma que en cualquier caso, el auto definitivo que mantiene la imputación es «un clamoroso ejemplo de voluntarismo, pues ninguna de las afirmaciones que en él se hacen contrarias a los intereses» de Sánchez Galán «cuentan con respaldo en las actuaciones ni son consecuencia de una explicación lógico-deductiva desde la perspectiva de la siempre ineludible motivación jurídica».

«Creemos, con todo respeto, que una de las exigencias elementales que cabe demandar de un Instructor es que tenga conocimiento, con un mínimo detalle, del estado de las causas a su cargo. Lamentablemente, no parece ser el caso», apunta el escrito.

Se refiere a que el juez, reconociendo que no hay una prueba objetiva contra Galán, considera que sí hay indicios de que «la iniciativa» de contratar a Villarejo «tuvo que partir» del presidente de Iberdrola , que igualmente debía estar informado del avance del asunto. Para la defensa, es una afirmación de «carácter conjetural» que supone «un salto inexplicable».

Además, critica que «no es que el Instructor se aparte de los argumentos jurídicos ofrecidos» para pedir el sobreseimiento, «es que directamente, no consigna ningún argumento, excluyendo el sobreseimiento pedido sobre la base de tres aserciones de naturaleza conjetural, en un intento de trasladar a verdad procesal lo que representan simples sospechas, huérfanas de indicios» en «intento de trasladar a verdad procesal lo que representan simples sospechas».

Para la defensa de Galán, al margen de lo que decida la Sala «a la vista del insólito contexto procesal generado», ha de abordar ya «una decisión de plena jurisdicción en la que se confirme la corrección jurídica de los fundamentos » del auto que fue dictado por error y acuerde el sobreseimiento de las actuaciones para él.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación