Europa niega a los afectados por el Popular la valoración definitiva del banco

El inversor chileno Luksic recurre ante el Tribunal de Luxemburgo la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR)

La presidenta de la JUR, Elke König, durante su comparecencia en el Congreso de los Diputados en 2017 EFE

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La autoridad europea que ordenó resolver el Popular continúa negando información clave a los accionistas y bonistas que perdieron su inversión. La Junta Única de Resolución (JUR) ha rechazado elaborar y hacer público, tal y como como obliga la normativa comunitaria de resolución de entidades, una valoración independiente definitiva del que fuera sexto banco español en el momento de su intervención. El chileno Andrónico Luksic, que entró en el capital del Popular un mes antes de su quiebra comprando el 3% de sus acciones del banco a través de su vehículo inversor Aeris Invest, ha recurrido esta decisión ante el Tribunal de Luxemburgo.

"Es un requisito previsto en la ley y la JUR no lo puede ignorar", explican los abogados de Roca Junyent, representantes legales de Aeris , que ya han presentado otros cuatro recursos a raíz del caso Popular y que en su día ya lograron que la autoridad de resolución de viese obligada a hacer público el informe provisiones con que se ejecutó la resolución del banco.

Un informe previsto en la ley

La norma europea de resolución de entidades establece en su artículo 20 que en caso de intervención de un banco, la JUR debe encargar a un experto independiente un informe de valoración justo, prudente y realista de la entidad en apuros, con el objetivo de determinar su valor económico y por tanto las posibles quitas a accionistas y bonistas. En caso de urgencia, como fue el caso del Popular, la ley contempla la posibilidad de que se haga un primer informe provisional, pero posteriormente, y lo antes posible, debe hacerse uno definitivo, que es el que no se ha hecho en este caso.

Deloitte estimó en su informe provisional de valoración el déficit de provisiones y otros ajustes del Popular en 14.700 millones de euros , y dio tres valoraciones diferentes según el grado de deterioro esperado: dos negativas de 2.000 y 8.200 millones de euros, y una positiva de 1.300 millones . En informe, según aclaran desde Roca Junyent, la propia auditora advierte hasta en 128 ocasiones de la provisionalidad de sus conclusiones, instando por tanto a hacer una valoración definitiva. Pese a pedir ese informe definitivo, la JUR contestó con una negativa a los representantes legales de Luksic en una carta fechada el pasado 14 de septiembre. "Debido a las particularidades del presente caso, la Junta considera que una valoración definitiva posterior no tendría ningún sentido práctico en el contexto del artíuclo 20.11 del reglamento ni llevaría a una decisión de compensación", argumenta la autoridad en su misiva, firmada por su presidenta, Elke König, y en la que confirma que "por tanto, una valoración definitiva posterior no será hecha".

La JUR ordenó a Deloitte parar el trabajo

Ya el pasado 2 de agosto, en una carta enviada a Deloitte Bélgica y firmada tambien por König, esta autoridad informa al evaluador independiente de que no es necesario elaborar ese informe, previsto incluso en el contrato firmado con la propia Deloitte . "Después de una cuidadosa evaluación del marco legal, la JUR considera considera que, a la vista de las circunstancias de la resolución de Banco Popular, no es necesarioa una valoración definitiva posterior como fija el artículo 20.11 del reglamento, ya que hacer esa valoración no tendría impacto en la venta ya concluida del Popular al Santander, que determinó el precio de mercado del Popular en un proceso abierto, justo y transparente", justificaba la Junta.

Después de saltarse este requerimiento legal, lo que hizo el pasado verano la JUR fue publicar el tercer informe que contempla la legislación y llamado técnicamente de diferencia de trato, por el cual se determina si los accionistas y acreedores habrían recibido un tratamiento mejor si el Popular hubiera sido liquidado con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios en lugar de ser resuelto. La Junta concluyó que en ese caso los inversores hubiesen perdido mucho más, hasta 34.100 millones de euros, de forma que la resolución estaba justificada. De esta forma Europa cerraba la puerta a compensar a los afectados por la caída de la entidad .

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