Europa cuestiona que se desahucie por un solo impago si la hipoteca es abusiva
El abogado general del Tribunal de la UE plantea paralizar la ejecución hipotecaria cuando un juez anule el vencimiento anticipado del crédito
Nuevo varapalo judicial a la legislación hipotecaria española y a la banca tras el caso de las cláusulas suelo . Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera incompatible con el Derecho comunitario continuar con la ejecución de una hipoteca, lo que puede acabar en el desahucio de la familia afectada, si la cláusula del préstamo que permite al banco declarar el vencimiento anticipado de la hipoteca por un solo impago ya ha sido declarada abusiva previamente.
Ante el impago de alguna de las cuotas, la cláusula de vencimiento anticipado incluida en miles de hipotecas permite a la entidad dar por finalizado el contrato y reclamar a la familia el pago por adelantado del saldo del préstamo pendiente de amortizar más los intereses. En caso de no poder pagar, el proceso puede terminar con el embargo y la expulsión de la vivienda.
La Justicia europea ya se había pronunciado en contra de estas cláusulas con anterioridad, la primera vez en mayo de 2013 en el famoso «caso Aziz», cuando el desahucio de un obrero marroquí de su vivienda dio el primer gran revés al sistema hipotecario español y obligó al Gobierno a aprobar un plan antidesahucios . Posteriormente, en febrero de 2017, el Tribunal Supremo español, ante cinco casos por este motivo —tres de Bankia, uno de BBVA y otro de Abanca—, consultó al Tribunal de Luxemburgo si es posible aplicar la nulidad parcial: esto es, eliminar la cláusulas abusiva del contrato hipotecario pero dejar que la ejecución, si ya se inició, siga adelante.
¿Nulidad parcial?
Es la doctrina que el Supremo venía aplicando: aunque declaró nula por abusiva la cláusula, limitó esa nulidad permitiendo que se declarasen vencidos los préstamos en caso de tres impagos , como dicta el artículo 693.2 de la ley de Enjuiciamiento Civil.
Sin embargo, la opinión del abogado general del TJUE Maciej Szpunar, cuyas conclusiones no son definitivas pero suelen ser tenidas en cuenta por el Tribunal de la UE de cara a su decisión final, es que la abusividad de la cláusula anula por completo su aplicación, y plantea que el banco no pueda continuar con la ejecución hipotecaria si no es con el consentimiento ante el juez del cliente afectado.
«Los jueces nacionales están obligados, pura y simplemente, a dejar sin aplicación las cláusulas consideradas abusivas», zanja el magistrado, que añade el vencimiento anticipado de todo el crédito a raíz del impago de una sola cuota del préstamo no se ajusta al Derecho de la UE ya que «no constituye un incumplimiento suficientemente grave en relación con la duración y la cuantía del préstamo».
Miles de ejecuciones a la espera
Lo que finalmente diga el Tribunal de Luxemburgo sobre cómo aplicar la nulidad de las cláusulas de vencimiento anticipado abusivas no es baladí: según las asociaciones de consumidores hay miles de ejecuciones paralizadas a la espera de ese pronunciamiento de la UE. El año pasado, según las últimas estadísticas del Instituto Nacional de Estadística (INE), había 27.171 ejecuciones hipotecarias iniciadas.
Hasta la citada reforma de 2013 con que el Ejecutivo popular, por presión judicial, elevó a tres el número de meses de impagos a partir de los cuales se puede poner en marcha la ejecución , bastaba un solo impago para que el banco reclamase la deuda pendiente. La reforma de la ley hipotecaria, atascada ahora en el Congreso de los Diputados, pretende elevar aún más ese requisito, fijándolo en nueve cuotas o el 2% de la deuda pendiente en la primera mitad del crédito, y doce cuotas o el 4% del capital en la segunda mitad de vida de la hipoteca.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), sin embargo, pedía ayer elevar ese umbral al 10% del valor del préstamo para los impagos que se produzcan en la primera parte de la duración préstamo, y al 12% los posteriores, e instaba al Parlamento a aprobar ya una ley de transparencia en la contratación masiva.
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