El Estado recurre la sentencia que obliga a indemnizar a una interina
La decisión «torpedea» la negociación inciada por Empleo con los agentes sociales
La Abogacía del Estado ha presentado sorprendentemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la histórica sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del pasado día 5 de este mes que obliga a indemnizar a una trabajadora interina del Ministerio de Defensa cuando acabó su contrato laboral con una cantidad equivalente a la que le correspondería a un empleado despedido por causas objetivas, es decir, 20 días por año trabajado. Hasta ahora, los interinos no perciben ninguna indemnización cuando acaban sus contratos.
Hay que subrayar que esta importantísima sentencia del TSJM se basó en otra dictada días antes por el Tribunal de Justicia Europeo (TJE) que respondía a las dudas planteadas por el TSJM. En esta sentencia, el TJE exigía que se igualen las indemnizaciones de los trabajadores fijos (más elevadas) y la de los temporales.
La decisión de la Abogacía del Estado «torpedea» las negociaciones que iniciaron hace 12 días la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, con los secretarios generales de CC.OO. y de UGT, Ignacio Fernández Toxo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendi, respectivamente. En esa reunión se decidió que un grupo de seis expertos estudiará cómo adecuar la legislación laboral española a aquella sentencia del Tribunal Europeo y a la posterior del TSJM.
La demandante, Ana de Diego Porras , trabajó durante más de siete años en el Ministerio de Defensa sustituyendo a diversos empleados.
Este recurso de casación ha caído como «un jarro de agua fría» en el despacho de Asesores Jurídicos Asociados, bufete que ha llevado la demanda de la interina de Defensa. «Es incongruente», declaró a ABC el letrado José Luis Pérez Herráiz, socio junto con José Antonio Rello de ese despacho. «No se entiende que la ministra de Empleo esté trabajando con los agentes sociales para adaptar la legislación a esa sentencia y que por su lado Defensa recurra la misma».
El recurso no solo ha introducido una elevada dosis de incertidumbre a este histórico caso, sino que, de momento, ha paralizado el cobro de la indemnización por parte de la afectada. En concreto, 6.141,85 euros. Además, al tratarse de un organismo público, el Ministerio de Defensa ni tan siquiera está obligado a ingresar esa cantidad como depósito en la cuenta del TSJM.
Otra sentencia más
Mientras, ayer se conoció otra sentencia, en este caso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que establece una indemnización de 20 días a la finalización de un contrato temporal en una empresa privada , tal y como estableció el Tribunal Europeo. La demanda había sido presentada por un conserje que entendía que el fin de su relación laboral fuese considerado despido nulo, lo que había rechazado un juzgado de Bilbao.