Reforma de las pensiones

Los empleos de los jubilados forzosos no se podrán amortizar

La reforma obligaría a las empresas que en sus convenios de aplicación tengan cláusulas de retiro forzosa a partir de 68 años a que contraten, como mínimo, a un empleado a tiempo completo

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá ABC

S. E.

La reforma de pensiones que negocian Gobierno, sindicatos y empresarios quiere impedir que se amorticen los puestos de trabajo de las personas que, por convenio colectivo, se jubilen obligatoriamente. La idea es obligar a las empresas que en sus convenios de aplicación tengan cláusulas de retiro forzosa a partir de 68 años a que contraten, como mínimo, a un empleado a tiempo completo y de manera indefinida por cada jubilado, informa Ep.

En un principio el ministro Escrivá quiso prohibir las cláusulas de retiro obligatorio en todos los casos, pero la oposición empresarial forzó que el listón se pusiera en los citados 68. Ahora, el ministro cede a la petición sindical y liga la medida a contratación obligatoria.

La actual legislación establece que los convenios pueden incluir cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de un trabajador cuando alcance la edad legal de jubilación siempre que tenga derecho al 100% de la pensión y que el retiro se vincule a políticas de empleo, como la transformación de contratos temporales en indefinidos o la contratación de nuevos trabajadores.

Según el texto de negociación, se trata de «favorecer la prolongación de la vida laboral» más allá de la edad legal de jubilación , que este año se sitúa en los 66 años, si el trabajador no ha podido retirarse a los 65 años porque no tenía todo el periodo de cotización exigido.

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