COVID-19

El Ejecutivo considera ahora una contingencia profesional contagiarse de Covid-19 en el trabajo

El sindicato CSIF señala que antes de esta modificación legal «estas situaciones no tenían un tratamiento diferenciado, respecto a de los trabajadores contagiados en situación de aislamiento por causas no exclusivamente laborales»

EFE

ABC

El Gobierno ha establecido finalmente que el contagio por coronavirus, cuando se ha contraído con causa exclusiva en el trabajo, sea considerada una contingencia profesional a todos los efectos , en línea con lo reclamado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).

Como ha informado el principal sindicato de funcionarios anterior a esta modificación legal «estas situaciones no tenían un tratamiento diferenciado respecto a de los trabajadores contagiados en situación de aislamiento por causas no exclusivamente laborales».

Es decir, en ambos casos solo se asimilaba la situación a la de accidente de trabajo a efectos de la prestación de Incapacidad Temporal, pero no contaba como accidente de trabajo a la hora de estimar indemnizaciones, pensiones, etc....

Desde CSIF han destacado que quedarán cubiertas las situaciones de personas que hayan sufrido un contagio y que, por la evolución de la enfermedad, sufrieran algún tipo de invalidez o falleciera (pensiones de viudedad o indemnizaciónes, por ejemplo).

Accidente de trabajo

Ahora, el Real Decreto-ley 13/2020 publicado hoy en el BOE, distingue dos casos. Uno, concarácter general, cualquier trabajador contagiado o aislado por coronavirus se halla en situación asimilada a la de accidente de trabajo y tiene derecho a percibir la prestación económica de incapacidad temporal.

Ahora, si el contagio ha tenido su causa exclusiva en el trabajo , la protección es mayor: el trabajador afectado se beneficia de todo el sistema establecido para estos casos y, desde el primer momento el parte de baja y alta, será por contingencia profesional .

Desde CSIF han pedido, al titular de Sanidad Salvador Illa, extender esta normativa a los regímenes especiales de los funcionarios y han considerado que esta medida supondría «un gran avance ya que las consecuencias e incapacidades que se deriven del contagio del coronavirus, incluso, el fallecimiento serán tenidas en cuenta como «contingencia profesional, con lo que eso supoen para proteger y garantizar las prestaciones derivadas (pensiones, indemnizaciones, etc...).

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