¿Cubre el seguro los daños ocasionados en las casas por la lava?

Para poder recibir la indemnización se debe tener el bien afectado asegurado

Cuáles son los tipos de erupciones volcánicas

Imagen de la erupción del volcán de La Palma EP | Vídeo: Los afectados ya pueden reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros (Atlas)

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El paso de la lava por la isla de La Palma está causando destrozos materiales. Se prevé que muchas viviendas queden arrasadas, por lo que el daño para sus dueños será enorme. Ante esta situación muchos se preguntan si las compañías aseguradoras indemnizarán a los afectados por los daños ocasionados. Los daños por erupción volcánica se consideran consecuencias de riesgos extraordinarios, un hecho que no está incluido en las pólizas de seguros, aunque sí se puede recibir indemnización por los daños.

Como explica Víctor López, responsable de aseguradoras de Rastreator: «Si se revisa la póliza para ver si hay una cobertura específica para las catástrofes naturales como es el caso de la erupción de un volcán y no aparece, hay que tener en cuenta que aun así, la vivienda sí estará protegida». Y es que en estos casos es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se responsabiliza de los cargos.

Este organismo se encarga de indemnizar aquellos casos que las aseguradoras no cubren o no pueden cubrir. Estos son los fenómenos de la naturalez, otros daños como los infligidos por un acto terrorista o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. Eso sí, como es lógico, para recibir la indemnización el bien dañado debe estar asegurado .

Víctor López, de Rastreator matiza que «la indemnización no se puede solicitar sin la certeza de que se han producido daños. El Consorcio recomienda presentar la solicitud a la mayor brevedad posible para facilitar la valoración de los daños y agilizar los trámites aunque en este caso, habrá que esperar a la evolución de la erupción para poder evaluar dichos daños. El plazo que establece la Ley de Contrato de Seguro es de siete días desde que se produce el siniestro, pero el Consorcio aceptará tu petición aunque se presente fuera de plazo».

Se puede comunicar los daños al Consorcio en su servicio de atención telefónica o a través de la página web. Para ello hay que recopilar los datos de la póliza , del tomador y el asegurado, así como del riesgo dañado y la cuenta bancaria donde queremos recibir la indemnización.

«Es muy importante tener en cuenta que si quieres tener una vivienda protegida ante algunos fenómenos naturales, es necesario tener contratada una póliza de hogar para acceder al seguro de riesgos extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros», añade López.

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