Cuando el derecho a protestar invade el derecho a trabajar

Sánchez permitirá que protestas violentas como las producidas por los radicales en Cataluña queden sin castigo penal

Acción de los piquetes en una de las huelgas en Amazon convocadas en 2018 ABC
Susana Alcelay

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Ni una coma se ha cambiado en más de 40 años en el decreto que regula las huelgas en España, no se han delimitado las tareas del denominado piquete «informativo» , ni se han definido al detalle los servicios mínimos en servicios esenciales , dos de las principales vacíos que tiene la norma y que han quedado al descubierto de forma reiterada en las ocho huelgas generales que se han convocado en España durante la democracia y en muchos conflictos sectoriales que han llegado a paralizar servicios básicos. Pero ahora el Gobierno de Pedro Sánchez sí cambiará la legislación, pero no lo hará para clarificar, sino para «legalizar» los piquetes violentos y evitar las penas que incluye el Código Penal para actividades agresivas, hoy castigadas con multas y penas de prisión.

La legislación establece que los piquetes deben limitarse exclusivamente a tareas informativas o de propaganda de las razones de la huelga, aunque en muchas ocasiones los actos desbordan este cometido y convierten la actuación de esos piquetes en ilegal en cuanto su acción trata de impedir el ejercicio del derecho al trabajo que, con frecuencia, no queda asegurado. Traspasar la línea suele ser frecuente, como recientemente se ha visto en las protestas de los independentistas violentos en la última huelga general convocada el pasado octubre en Cataluña. Grupos de piquetes obligaron a cerrar varias tiendas en el centro de Barcelona e invitaron a los empleados de los establecimientos a bajar la persiana. Los radicales intensificaron los actos de vandalismo , incendiaron contenedores, dañaron señales de tráfico, incluso arrancaron adoquines de las calles en la Ciudad Condal.

Nadie se ha atrevido a legislar

Desde que en 1977 se redactara el decreto que regula las huelgas en España ningún Ejecutivo se ha atrevido a legislar sobre este derecho recogido en la Constitución. En cada conflicto importante, surgen voces que reclaman una regulación, pero en la práctica ni lo hizo Felipe González cuando fue acosado por las huelgas, ni José María Aznar en sus ocho años de Gobierno, ni José Luis Rodríguez Zapatero, ni tampoco Mariano Rajoy, pese a que en 2013, tras una huelga salvaje de basuras de 13 días en Madrid, avanzó que habría una norma que obligaría a los huelguistas a cumplir los servicios mínimos fijados.

«El derecho de huelga, como otros muchos derechos, es susceptible de regulación , lo que no debe implicar limitación alguna, sino protección y garantía del mismo, por un lado, y por el otro, marcar sus límites respecto a otros derechos», según insisten los abogados laboralistas consultados por este periódico. No hay que olvidar que el artículo 10 de la Constitución consagra el «respeto a los derechos de los demás» como fundamento del orden político y de la paz social, precisan las mismas fuentes.

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