Los contribuyentes podrán pagar tasas públicas con tarjeta

Desde marzo de 2016 los ciudadanos podrán abonar con «dinero de plástico» las tasas del certificado de antecedentes penales, de actos de última voluntad y de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento

ABC

Los contribuyentes podrán pagar algunas tasas públicas con tarjeta de crédito o débito en las mismas oficinas administrativas, según una orden del Ministerio de Hacienda, que da de plazo hasta el 1 de marzo de 2016 a los órganos públicos correspondientes para que adapten sus oficinas al nuevo método de pago. En concreto, desde marzo de 2016 los ciudadanos podrán pagar con tarjeta las tasas correspondientes al certificado de antecedentes penales, de actos de última voluntad y de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.

Igualmente, los contribuyentes podrán usar sus tarjetas bancarias para pagar las tasas de tramitación de autorizaciones de residencia y otra documentación a ciudadanos extranjeros, así como la tasa por vacunación de viajeros internacionales. Según la orden ministerial, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Hacienda destaca que uno de los objetivos primordiales de toda administración tributaria consiste en «simplificar y facilitar» el cumplimiento de las obligaciones fiscales y añade que es «incuestionable» que toda ampliación de los procedimientos o de los medios de pago supone facilitar el pago de las deudas.

Por ello, considera conveniente fomentar que los contribuyentes que deban satisfacer determinadas tasas puedan realizar el pago de las mismas directamente en las oficinas administrativas, utilizando para ello tarjetas de crédito o débito.

Los contribuyentes podrán pagar tasas públicas con tarjeta

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