Conflicto de Deliveroo y la Justicia: un caso que acabará en el Supremo
La Seguridad Social gana el macrojuicio por la situación laboral de más de 500 repartidores
Deliveroo abre la puerta a dejar España tras la aprobación de la 'ley rider'
Duro revés judicial a la plataforma de reparto de comida a domicilio Deliveroo. La Justicia da la razón a la Seguridad Social en el macrojuicio contra la compañía por la situación laboral de más de 500 repartidores, o «riders», en Madrid. En concreto, el Juzgado de lo Social número 19 de la capital determinó que estos mantienen una relación laboral con la plataforma durante el tiempo que prestaron servicio, de octubre de 2015 a junio de 2017, y que por tanto no son autónomos como sostiene la compañía de reparto.
En 2017, la Inspección de Trabajo detectó que los trabajadores de esta plataforma trabajaban como falsos autónomos con Deliveroo. Esta compañía, como su competidora Glovo, se ha visto envuelta en varios casos judiciales sobre la relación laboral de los «riders». Pero este caso cobra mayor relevancia, y sienta un gran precedente, porque a diferencia de los otros juicios celebrados hasta ahora, en este no se pone en valoración las condiciones particulares de un repartidor en concreto sino al modelo laboral de estas plataformas, ya que aglutinaba a varios centenares de trabajadores.
La clave para el juez es que estos mensajeros no tenían plena autonomía para ejercer su trabajo, sino que respondían a las normas que la plataforma le dictaba. «Los repartidores esencialmente han ejecutado un trabajo personal en unas condiciones organizadas y dirigidas por la empresa, que es la única que controla la marca Deliveroo, su aplicación informática y toda la información que se desprende de ella», explica la sentencia.
Un fallo que ahora la plataforma podrá recurrir en un periodo de cinco días ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y así lo hará según confirmaron ayer fuentes de la compañía a ABC. Un hecho, que según confirman fuentes judiciales a este medio, si prosiguen los recursos en un futuro, podría acabar resolviéndose en el Tribunal Supremo y del cual desgranamos las claves del mismo a continuación:
¿Qué razones tiene el juez para considerar que los «riders» son asalariados?
El magistrado interpreta que existe una relación laboral porque el repartidor no cuenta con «autonomía» para realizar su trabajo. El fallo señala que, una vez aceptado el pedido, el mensajero debe atenerse a unas «detalladas instrucciones de la empresa, sin margen apreciable de autonomía del trabajador».
¿Por qué se niegan estas empresas a contratar a sus repartidores?
Tal y como explica la abogada laboralista de Legálitas Amparo Bonora, si los «riders» fueran contratados las empresas de comida a domicilio «tendrían que ofrecerles un sueldo fijo, pagar cuotas a la Seguridad Social y cubrir el resto de sus derechos laborales». Ahora, sin embargo, «estos repartidores están expuestos cuando sufren algún percance».
¿Qué implicaciones tiene esta sentencia para Deliveroo?
Bonora destaca que es un «ataque al modelo laboral de estas plataformas», ya que el fallo pone de manifiesto que los «riders» que operan con ellas deben ser asalariados, no autónomos. Sin embargo, la abogada de Legálitas puntualiza que por el momento estas empresas de repartos no tendrán que cambiar sus condiciones laborales.
¿La sentencia es definitiva?
No. Deliveroo recurrirá el fallo, que acabará previsiblemente en el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal será el que determinará definitivamente si estos repartidores deben ser considerados autónomos o asalariados. «Los jueces han tenido por el momento un criterio dispar», apunta Bonora.
¿Cuál es la situación de estos repartidores en otros países?
Al igual que en España, el modelo de estas plataformas ha acabado en los tribunales en países como Reino Unido y Francia, donde se han dictado sentencias contrarias. En Irlanda y Alemania sí se ha aceptado el modelo de estas «app».