¿Cómo se calcula la pensión para los hijos en caso de divorcio?

«La pensión alimenticia es una contribución económica que tiene que abonar el cónyuge que no tiene la custodia de los hijos para satisfacer los gastos derivados de la alimentación», explican Abel Marín y Rocío Ocaña abogados y socios de Marín & Mateo Abogados

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El mayor problema tras un divorcio tiene lugar cuando los cónyuges comparten responsabilidades como la custodia de los hijos. Con el objetivo puesto siempre en velar por el interés del menor, los jueces suelen introducir habitualmente el concepto conocido como pensión alimenticia o pensión de alimentos. «La pensión alimenticia es una contribución económica que tiene que abonar el cónyuge que no tiene la custodia de los hijos para satisfacer los gastos derivados de la alimentación», explican Abel Marín y Rocío Ocaña abogados y socios de Marín & Mateo Abogados. Estos expertos puntualizan que esta contribución se debe alargar «hasta que los hijos dejen de ser dependientes», indistintamente de si son menores o no.

Los abogados explican que el concepto de pensión alimenticia nace de la obligación de prestar alimentos a los hijos. De este modo, en el caso de custodias compartidas, los alimentos serán atendidos por cada progenitor durante los tiempos de estancia con los menores, señalan en Marín y Mateo Abogados. «Dentro del concepto puramente de alimentos, comprende lo que en la actualidad son las obligaciones respecto de los hijos hasta que éstos sean económicamente independientes, por tanto, incluye: vivienda, vestuario, estudios, tratamientos médicos, y en general todas aquellas que se consideran necesarias para el desarrollo del menor», subrayan.

Ahora bien, en los casos en los que exista desproporción entre los ingresos de los progenitores establecerá una cantidad determinada de pensión de alimentos para compensar este desequilibrio . Por contra, cuando no exista esa desproporción el pago será al 50% a cargo de cada uno.

Estas custodias compartidas, de acuerdo con los datos del INE, son cada vez más frecuentes y suben desde 2016, cuando representaban un 28% de las resoluciones por divorcio.

Custodia no compartida

En el caso de que el juez decida atribuir la custodia a uno de los padres en exclusiva, «el otro progenitor será obligado a pagar la cantidad de pensión de alimentos», explica el abogado. Abel Marín y Rocío Ocaña señalan que «no hay un criterio único» para el cálculo, pero se valora bajo la premisa «de las necesidades del menor y las posibilidades económicas de los progenitores».

De este modo, se tienen en cuenta, añaden los abogados «los ingresos, el número de hijos, el lugar de residencia y todo tipo de circunstancias económicas que atañan de forma individual a padres o hijos».

A pesar de no existir criterios fijos y tratarse cada caso por el juez de forma individualizada, el Consejo General del Poder Judicial ofrece unas tablas orientadoras para delimitar las cantidades económicas. En estas tablas se establece cuando un hijo debe recibir pensión alimenticia, teniendo en cuenta criterios de edad y su situación laboral y económica. «Son dependientes los menores de 16 años o aquellos que estén entre 16 y 25 y no tengan forma de subsistencia propia», afirman desde Marín y Mateo Abogados.

Por otro lado, el CGPJ señala que para calcular los gastos medios del hogar se excluyen los gastos de hipoteca o alquiler y educación y gastos relacionados con la enseñanza. Por último, las tablas apuntan que, de forma general, las pensiones oscilan entre los 163 y los 661 euros.

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