La Audiencia Nacional prohíbe la extradición a Brasil del cerebro financiero de la petrolera Petrobras

Estima el recurso interpuesto por Duran Tacla contra la decisión que en junio acordó su entrega argumentando que el país no admite la extradición de sus nacionales

La ficha policial de Rodrigo Duran Tacla Reuters
Marcelino Abad

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El presunto cerebro financiero de la trama de corrupción de la petrolera Petrobras, Rodrigo Duran Tacla , con la doble nacionalidad española y brasileña, no será extraditado a Brasil como había acordado la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado 15 de junio.

En una resolución conocida este viernes, el Pleno de la Sala de lo Penal estima el recurso interpuesto contra la decisión por la representación procesal de Tacla, y acuerda «no procedente la entrega extradicional a las autoridades judiciales de la República de Brasil». «Si las autoridades brasileñas lo solicitan, Tacla será sometido a proceso en España, debiendo para este caso suministrar los medios de prueba precisos para su enjuiciamiento», señalan los magistrados.

Durán Tacla fue reclamado por la justicia brasileña a la Audiencia Nacional el pasado noviembre, cuando se produjo su detención en Madrid por la presunta comisión de los delitos de fraude, corrupción y blanqueo de capitales en el marco de la operación Lava Jato , en la que se investigan los presuntos sobornos que varias empresas habrían hecho a altos funcionarios de Petrobras para conseguir contratos millonarios sobrefacturados. Según la Fiscalía brasileña, el expresidente Lula da Silva fue uno de los principales beneficiarios de los delitos.

Durante la comparecencia que el tribunal celebró para decidir su extradición, Tacla apeló a su condición de ciudadano español para no consentir la deportación, argumentando que la constitución brasileña prohíbe la entrega de sus nacionales, y por una cuestión de reciprocidad España debía denegarla. Asimismo, invocó la «falta de garantías de que no pueda ser sometido a tratos y penas inhumanos o degradantes como consecuencia de la situación carcelaria de Brasil».

Pese a ello, la Audiencia Nacional decidió estimar la petición de la justicia brasileña, pero condicionando la entrega a que Brasil se comprometiera a hacer lo propio cuando el sujeto fuera reclamado por las autoridades españolas. También dijo que Tacla no aportaba «dato alguno que permita considerar que las autoridades brasileñas no vayan a adoptar medidas necesarias para garantizar su seguridad».

Una prohibición constitucional

Ahora, el Pleno de la Audiencia Nacional corrige la decisión de la Sala de lo Penal y argumenta que tratándose de la extradición de un ciudadano español para ser juzgado en un país que tiene prohibido constitucionalmente la entrega de sus nacionales, no procede atender a la solicitud.

«La reciprocidad en su vertiente jurídica no puede someterse a una garantía posterior de reciprocidad, como si afectase exclusivamente a la discrecionalidad política, porque no cabe preguntar a un país si está en condiciones de eludir una prohibición constitucional», argumentan los magistrados. «Las autoridades requirentes podían haberse pronunciado sobre la reciprocidad. No lo hicieron, y el examen de su legislación no permite a este Pleno llegar a otra conclusión que la no entrega de nacionales », concluyen.

Debido a la decisión judicial, Durán Taclá será juzgado en España a solicitud de la justicia brasileña, a la que se le notificará la sentencia definitiva que en su caso se dicte.

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