La Audiencia Nacional ordena al juez del caso Villarejo que reclame al BBVA las agendas de Béjar
Considera que la diligencia es pertinente y no es incompatible con el derecho del banco a no incriminarse
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez del caso Villarejo que recabe del BBVA las agendas de trabajo y correos electrónicos que conserve del antiguo responsable de Riesgos de la entidad y expresidente de Distrito Castellana Norte (DCN), Antonio Béjar, que las venía reclamando sin éxito.
En un auto al que tuvo acceso ABC, los magistrados se pronuncian así a favor de los recursos que el propio Béjar y la Fiscalía Anticorrupción habían presentado contra la decisión del juez Manuel García Castellón, que el pasado diciembre rechazó practicar esa diligencia por considerar que era «innecesaria» en tanto que suponía «un requerimiento dirigido a BBVA, quien, en definitiva, tiene el derecho a no facilitar nada que pudiera resultarle incriminatorio».
Tanto Béjar como el BBVA en calidad de persona jurídica están investigados por los encargos que durante una década hizo la entidad a las empresas del comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo y por los que pagó algo más de diez millones de euros.
Béjar, que colabora con Anticorrupción y ha venido prestando declaración sobre los distintos encargos, pedía que se requiriese al banco la entrega tanto de los correos corporativos como de las agendas que llevaban sus secretarias al entender que esa documentación es esencial para su defensa. De hecho, ha sido el único de los imputados en este asunto que ha reclamado esa documentación . El BBVA se oponía.
Anula la resolución
Tras la negativa, acudió a la Sala de lo Penal, que ahora le da la razón y declara nula la resolución del juez instructor. Entiende que no hay razones de falta de pertinencia, utilidad, necesidad o proporcionalidad que justifiquen que no se recabe esa documentación y ve «indudable» que tampoco las hay para hacerlo «desde la perspectiva del derecho de defensa y a la no autoincriminación» del BBVA.
Para empezar, porque el banco «no ha alegado tal objeción» para oponerse a facilitar esos documentos, pero también porque el requerimiento no tiene por qué llevar aparejado ninguna medida coercitiva para la entidad. La Sala recuerda que además, cabe la posibilidad de que en esos papeles no haya nada que incrimine al BBVA y en todo caso, su derecho a no incriminarse « no es incompatible» con las actuaciones del juzgado para recabar «por sus propios medios» material probatorio.
Para el tribunal, Béjar acabó imputado por «material probatorio traído al proceso» por el BBVA y salido de sus propios archivos «con arreglo a criterios» que, presume, «han estado guiados por su propio interés». «No se cuestiona la naturaleza fragmentaria del material aportado ni tampoco que de este se desprenden indicios potencialmente incriminatorios para Béjar. Por lo tanto, no puede ser cuestionada la pertinencia, utilidad y necesidad de las diligencias propuestas por él, que, en definitiva, consisten en darle acceso al conjunto del que se realizaron las extracciones aportadas por BBVA», añaden los magistrados.