La atonía del crédito libra a la banca de dotar más capital para futuras crisis
El Banco de España cree que el colchón de capital anticíclico, ahora en el 0%, tardará en reactivarse por la evolución de la financiación a empresas y familias
La banca debe acumular una cantidad determinada de capital en los periodos expansivos de la economía y del crédito para protegerse en momentos de crisis. Es lo que se llama colchón de capital anticíclico, y el Banco de España, como ya informó, decididó a finales del pasado diciembre fijar en el 0% el porcentaje exigido para 2016 . El motivo esgrimido por el supervisor financiero nacional es que actualmente «no se ve que el crédito esté disparado o pueda plantear un problema, más bien todo lo contrario», explican desde el organismo dirigido por Luis María Linde.
Es decir, la debilidad con que está creciendo la concesión de préstamos a empresas y familias del país no justifica ahora mismo que las entidades financieras tengan que dotar ese colchón. El Banco de España debe fijar cada trimestre el porcentaje del citado colchón, y que puede variar entre el 0% en que se ha fijado actualmente y un máximo del 2,5% . Y para determinarlo usa una serie de indicadores sobre la evolución presente del crédito y las perspectivas de futuro.
Uno de esos indicadores, conocido como la brecha del crédito sobre el Producto Interior Bruto (PIB), debe situarse en el 2% para que el colchón de capital anticíclico se active y el supervisor exija una tasa positiva a los bancos. Pues bien, actualmente ese porcentaje era en junio de 2015, último dato disponible, del -58,3%, su nivel más bajo desde 1970, y 2,5 puntos peor que un trimestre antes, en marzo de 2015. En este sentido, desde el Banco de España consideran que «no parece que en próximo trimestre se vaya a poner en marcha y cabe pensar que se puede tardar en activar».
Los bancos, según la nueva regulación financiera, deben cubrir otros cuatro colchones de capital además del anticíclico . Ante cualquier incumpliento en uno de ellos, las autoridades impondrán una restricción inmediata a la entidad afectada en el pago de dividendos a sus accionistas, de los intereses de parte de su deuda emitida y de la remuneración variable de los empleados.