Así actuarán los inspectores para controlar que las empresas cumplan con el registro horario
Trabajo recuerda a los inspectores que es «un deber» de las empresas y que ya pueden sancionar
Los inspectores de Trabajo han recibido el borrador con las instrucciones para controlar en las empresas el cumplimiento de la ley que obliga desde el pasado 12 de mayo a registrar la jornada diaria de sus empleados y las horas extraordinarias. Estas son las principales claves del documento al que ha tenido acceso ABC:
Forma del registro
El sistema debe ser «objetivo y fiable» y tendrá que estar documentado. En el caso de medios electrónicos, el inspector podrá pedir la impresión del registro, su descarga o el soporte informático en «formato legible».
Contenido
El inspector requerirá el horario de inicio y finalización de la jornada del trabajador. Las interrupciones o pausas que no se consideren tiempo de trabajo efectivo no se computarán como jornada en el registro.
Formas de trabajo flexible
No se contemplan. La Inspección exigirá al empresario que controle la jornada de todos los empleados, también de los que realizan su trabajo fuera del centro de trabajo. Es el caso de comerciantes y transportistas.
Horas extraordinarias
Se exige el cómputo la jornada realizada mensualmente, o bien en el periodo en el que se abonen las retribuciones. Se entregará copia al trabajador y a los representantes de los trabajadores.
Sanciones
Desde el pasado 12 la Inspección puede imponer multas de hasta 6.250 euros por incumplimiento. Sin embargo, valoran que las empresas estén negociando con los representantes de los trabajadores un sistema de control bajo «el principio de la buena fe».
Conservación
La empresa está obligada a guardar los resúmenes mensuales de los registros durante un mínimo de cuatro años.