El Gobierno destinará 281,36 millones en revalorizar las pensiones el 0,25%

El ministerio de Empleo asegura que «supone un importante esfuerzo económico compatible con el objetivo de equilibrio presupuestario»

El Gobierno destinará 281,36 millones en revalorizar las pensiones el 0,25% jaime garcía

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El Gobierno prevé destinar 281,36 millones de euros en la revalorización del 0,25 % de las pensiones en 2016, frente a los 271,83 millones de 2015, según el proyecto de Real Decreto que va a remitir a los agentes sociales. El ministerio de Empleo y Seguridad Social ha explicado en un comunicado que ésta es una partida adicional que supone «un importante esfuerzo económico compatible con el objetivo de equilibrio presupuestario , como garantía de sostenibilidad».

El texto, que se remitirá al Consejo de Estado para su dictamen perceptivo, fija el límite máximo de pensiones públicas a partir del 1 de enero de 2016 en 2.567,28 euros mensuales. El incremento del 0,25 % beneficiará a más de 10 millones de pensiones o prestaciones (frente a los 9,9 millones de 2014) de las que 9.382.000 son pensiones contributivas, 440.000 pensiones no contributivas y 185.000 prestaciones por hijo a cargo con minusvalía.

En concreto, dentro de las pensiones contributivas, el 60% de las actualizaciones recaen en las de jubilación (5.691.725), seguidas de las de viudedad (2.368.572), incapacidad permanente (940.036), orfandad (342.256) y favor de familiares (39.412). Este proyecto de Real Decreto, que será aprobado próximamente en el Consejo de Ministros, recoge el aumento que se aplicará a las pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. También de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo, de las pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales y de aquellos casos en los que concurren varias pensiones.

Este incremento se establece con el Índice de Revalorización de Pensiones, que garantiza el incremento anual de las pensiones de acuerdo a las posibilidades económicas del Sistema y la evolución de sus parámetros fundamentales. Tal incremento debe concretarse entre un mínimo del 0,25 % hasta un máximo de la variación anual del IPC más 0,50 puntos porcentuales adicionales, cuando el contexto económico lo permite.

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