Los bancos deberán facilitar a Hacienda la residencia fiscal de los titulares de cuentas
El ministerio ultima un decreto para adaptar la norma propuesta por la OCDE de forma que las entidades informen desde el año 2017, con información relativa a 2016
La banca deberá identificar a Hacienda la residencia fiscal de las personas que tengan la titularidad o el control de cuentas financieras, según el borrador del decreto ley ( disponible en la página web del ministerio desde esta mañana ). El ministerio ultima la norma, que ahora se encuentra en periodo de información pública, y establece cómo deben cumplir los bancos las nuevas peticiones de información.
La norma tramita el acuerdo auspiciado por la OCDE al que llegaron 54 países el pasado mes de octubre para intercambiar información fiscal de forma automática y estandarizada.
Las instituciones financieras deberán suministrar por primera vez a la Administración tributaria la información relativa al año 2016 en el año 2017.
El proyecto de decreto permite que la Administración intercambie la información recibida, de forma automática, con el país de residencia fiscal del cliente. De esta forma, España obtendrá nueva información de forma más fluida que, intercambiará con otros países firmantes, y viceversa.
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