RENTA 2014
Las diferencias entre alquilar un inmueble a un particular o a una empresa
En caso de que el inquilino sea una empresa o autónomo, habrá que retener e ingresar el IVA
Si el contrato de alquiler se produce entre personas físicas y ninguno de los dos ejerce como empresario o profesional, no existen obligaciones relacionadas con el IVA.
En cambio, si se alquila un inmueble a una empresa, ésta deberá practicar una retención sobre el importe del alquiler, del 20% este año y del 19% a partir del 2016. Por otro lado, el arrendador deberá repercutir el IVA al arrendatario e ingresarlo trimestralmente en Hacienda.
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