Guía práctica para contratar a un becario
Algunas claves para evitar problemas con el papeleo, retrasos y disgustos innecesarios
Octubre suele ser en las empresas un mes de nuevas incorporaciones a la plantilla. Es también ocasión para que los más jóvenes se incorporen al mercado laboral desarrollando sus primeras prácticas o firmando su primer contrato laboral, una acción que puede y debe ser beneficiosa tanto para el trabajador como para la compañía. Sin embargo, es necesario tener muy claros varios puntos clave para evitar problemas con el papeleo, retrasos y disgustos innecesarios.
En primer lugar, hay que diferenciar entre los estudiantes que aún mantienen una vinculación con la Universidad (cuya contratación vendrá por tanto regulada por un convenio entre la institución educativa y la empresa -por lo que no supone ningún gasto para el contratante-), y aquellos que ya han terminado su periplo educativo y pueden optar a un contrato en prácticas.
Según explican desde el portal especializado en contratación junior Practicae.com , ambos tipos de contratación conllevan importantes diferencias. En el primer caso, las prácticas tienen una duración muy limitada, usualmente de tres meses, y la jornada laboral no excede las 4 o 5 horas. Además, al no existir un contrato de trabajo como tal, la empresa no tiene obligación de remunerar al becario. No obstante, los expertos en recursos humanos recomiendan asignar al menos una pequeña cantidad de dinero al alumno como motivación y para que pueda cubrir sus gastos de transporte.
La duración del contrato de prácticas no puede superar los dos años
Frente a esta modalidad, el contrato en prácticas, al ser un contrato laboral, implica cotizar a la seguridad social y la obligación de que el trabajador perciba una remuneración fija, que será la establecida por convenio. En el caso de que ésta no esté fijada deberá cobrar como mínimo el 60% (durante el primer año) y el 75% (durante el segundo) del contrato del salario fijado por convenio para un trabajador que haga un trabajo equivalente y en ningún caso será inferior al salario mínimo interprofesional . Además, según la legislación laboral española, la duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni superior a dos años.
Una vez seleccionado el modelo de contratación podemos comenzar el proceso propiamente dicho para que el becario o el recién licenciado se incorpore a la empresa. En el caso de optar por un contrato en prácticas, el camino a seguir será similar al de cualquier otra contratación: habrá que dar de alta al nuevo trabajador en la seguridad social y presentar el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe, antiguo Inem). Eso sí, para poder realizar este tipo de contratación el nuevo empleado debe haber completado sus estudios universitarios.
Por el contrario, si pretendemos incorporar a la plantilla a un becario que realice prácticas mediante un convenio, debemos acudir a las bolsas de trabajo de las distintas universidades y registrarnos en ellas como entidades colaboradoras. Una vez realizado este paso, solo quedará publicar una solicitud de candidatos en la que se especifique el perfil de los alumnos que queramos que realicen prácticas en nuestra empresa, y posteriormente comunicar a la Universidad el resultado del proceso de selección.