Contratos del fútbol
Reglas antigordos en el fútbol
El régimen interno de los clubes incide en la apariencia pública, la prohibición de los deportes de riesgo, el alcohol y las apuestas
Frederic Hantz, entrenador del Montpellier de la primera división francesa, lanzó un zarpazo al bolsillo de su plantilla para mitigar uno de los estragos endémicos de las vacaciones de los futbolistas: el sobrepeso. Hará pagar a cada jugador 1.000 euros por cada kilo que engorden durante las vacaciones. En Montpellier preparan una cena potente con la recaudación, ya que es costumbre entre las estrellas del balón sucumbir ante la báscula después de unos días sin actividad física. Diego Costa regresaba con mofletes de Lagarto (Brasil) porque «la comida de mamá es muy rica». Saúl Ñíguez dice que esos excesos son inconcebibles en el Atlético: «El Profe (Ortega) nos mata si no cumplimos». La correcta alimentación es una tarea de responsabilidad profesional más que una imposición por contrato. En el fútbol existe una gran variedad de cláusulas en los compromisos laborales entre clubes y jugadores, aunque según opina el intermediario Herminio Ménendez «la mayoría de los futbolistas son bastante simples y solo están pendientes de la cifra económica».
Los deportes de riesgo están prohibidos
Todos los clubes funcionan por un reglamento de régimen interno que contiene las normas laborales para ambas partes. Y en él aparece siempre la cláusula que prohíbe participar en actividades de riesgo o que supongan un peligro, tales como conducción de motos o motos acuáticas, lanzarse en parapente o practicar el esquí, la escalada o modalidades similares.
No se ven futbolistas practicando esquí o snowboard. Los clubes se protegen frente a la probable adversidad de una lesión de rodilla, tan habitual en la nieve y tan peliaguda recuperación en el fútbol. En el Barcelona se castiga con 6.000 euros de multa a los esquiadores furtivos de la primera plantilla. Tampoco se suele permitir en los equipos el submarinismo por el riesgo evidente. Benzema se tiró en paracaídas en Dubái el pasado invierno infringiendo el código. También Illarramendi, cuando se disfrazó y toreó a una vaquilla en su pueblo.
El alcohol, en el coche y en las comidas
Las revelaciones de Football Leaks y los contratos de las estrellas al descubierto han puesto de manifiesto que el alcohol es una de las preocupaciones de las entidades deportivas. La imagen pública de un jugador en estado ebrio supone un desastre institucional y particular para el afectado. Una situación difícil de digerir. Le ha sucedido en última instancia a Parejo, el capitán del Valencia que apareció en una discoteca con una copa en la mano en su día libre y un compañero de farra que le metió en un lío. «Prandelli, me cago en tus muertos», dijo el adlátere. «Me importa más el hombre que el futbolista», razonó Prandelli. Y lo apartó de la convocatoria. También en un embrollo está el delantero de Las Palmas Sergio Araújo, quien tuvo que comparecer en el Juzgado número 2 de Telde después de negarse a soplar en un control de la Guardia Civil y en estado de embriaguez, según los testigos. El alcohol también está restringido en la dieta diaria de los futbolistas, más por su aporte calórico que por la posibilidad de borrachera.
Horarios y normas para el descanso
Tratados en cierta manera como adolescentes traviesos, una de las reglas que se impone en casi todos los códigos internos de vestuario es la obligatoriedad de estar en casa en la medianoche cuando hay un partido por delante. Saltarse ese horario supone falta muy grave. En los contratos desvelados por Football Leaks se deletrea el asunto de forma polícitamente correcta. «Incumplir normas de régimen del vestuario, relativas al tiempo de descanso u horarios. Llevar una conducta personal y régimen de vida adecuados al estatus profesional».
Atuendo e imagen pública
Los contratos privados entre club y jugador suelen recoger, según los agentes de jugadores consultados por ABC, un apartado especial para la imagen pública. «Cumplir las normas del club respecto a actos de representación, atuendo, calzado no deportivo y desplazamientos». En este apartado fue descollante la postura del expresidente del Mallorca Utz Classen, quien prohibió pendientes, medallones, piercing s y peinados poco acordes con la imagen del club. Las cláusulas suelen ser más genéricas y no tan específicas como las que impuso este empresario alemán en el club balear.
Persecución de apuestas y amaños
Al antiguo secretario de Estado para el Deporte, Miguel Cardenal, le gustaba incidir en la dimensión de esta lacra con una frase. «El amaño de partidos y las apuestas son el mayor peligro del deporte profesional, por encima del dopaje ». Desde que surgió el boom de las apuestas, el régimen interno de las entidades del fútbol impone cláusulas y penalizaciones. En el contrato de Neymar se lee esto: «Se abstendrá de llevar a cabo actos que comporten arriesgar cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables, en forma de envites, quinielas o apuestas, sobre los resultados de competiciones o eventos deportivos, oficiales o no, en los que participe el Barcelona mediante cualquiera de sus equipos... y ya se trate de partidos en que participe el Barcelona como en el caso que no participe. Así como actuar en cualquier forma, directamente o indirectamente, en la manipulación de un resultado negativo para los intereses del club».
Internet, redes sociales y declaraciones
La nueva realidad de internet como vehículo para todo impone nuevas cláusulas en los acuerdos. Según cuenta algún mánager, hay jugadores que ganan más dinero promocionando productos por las redes sociales que con sus contratos. El alma libre de internet, el número de seguidores a los que potencialmente llega un mensaje y el volumen de información que circula por Facebook, Twitter, Instagram y demás ha modificado las condiciones de negociación y las cláusulas privadas.
Internet genera un negocio creciente y en evidente auge. Algunos clubes también imponen restricciones en lo relativo a las declaraciones de los jugadores en los medios de comunicación. Solicitan responsabilidad y sentido común en las redes sociales y «respeto a la armonía» de la entidad con las manifestaciones públicas.
Actos sociales y benéficos
Uno de los preceptos más habituales es el compromiso al que se obligan los fútbolistas con las acciones de márketing de los equipos. Deben asistir a aquellos actos sociales que le sean requeridos por la entidad. Y se entienden como actos sociales todos los de carácter benéfico y caritativo , aquellos que tienen que ver con la conmemoración de las peñas, las manifestaciones culturales y todos los promocionales que determinan los departamentos comercial y de marketing. El resumen genérico plasmado en contratos dice en este apartado que «son todos los que beneficien la imagen pública del club y no tengan un contenido económico».
Cláusulas de dopaje
El deporte rey no siente la amenaza del dopaje como puede suceder en otras disciplinas de carácter individual y de mayor resistencia, tipo ciclismo, atletismo o triatlón. Pero en los contratos de los futbolistas se recuerda, según es costumbre, la necesidad de cumplir las normas de la AMA. Prohibido incurrir en consumo de dopaje, suministro o venta de sustancias que están prohibidas.