Fútbol
Cayetano no tendrá que pagarle 3.000 euros a Rubiales
El Supremo casa una sentencia de la Audiencia de Valencia, y declara a favor de Martinez de Irujo y en contra del presidente de la Federación
Hace año y medio, en enero de 2020, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Valencia daba por segunda vez la razón a Luis Rubiales en su litigio contra Cayetano Martínez de Irujo. Fue en junio de 2018 cuando el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Valencia dio la razón al presidente de la Federación, al considerar que el presidente de la Asociación de Deportistas Cayetano Martínez de Irujo «incurrió en una ilegítima intromisión» en su «derecho al honor» al vincularle en términos «insultantes« con supuestos comportamientos delictivos relacionados con la 'Operación Soule'.
La jueza María Luz de Hoyos Flórez estimó «parcialmente» la demanda de Rubiales contra Martínez de Irujo, al considerar que este «incurrió en una ilegítima intromisión en el derecho al honor del actor» y al que condenó a abonar al actual jefe del fútbol español «la cantidad de 3.000 euros, más intereses legales».
Hoy, tres años después de la primera sentencia, el Tribunal Supremo ha anulado la misma y ha declarado a favor de Cayetano y en contra de Rubiales. El Supremo considera que las declaraciones de Martínez de Irujo están amparadas por la libertad de expresión y son ajenas al aspecto delictivo. De este modo, queda anulada la multa de 3.000 euros y el presidente de la Federación deberá abonar las costas de la primera instancia.