La juez eleva a 3 años de cárcel y 97 millones de multa la condena a Botín por el contrabando de un Picasso
El Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid ha revisado la sentencia por la que el pasado 14 de enero condenó al expresidente de Bankinter
El Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid ha dictado una aclaración de la sentencia por la que condenó al expresidente de Bankinter Jaime Botín por un delito de bienes culturales que duplica la pena impuesta: De 18 meses a tres años y un día de cárcel , y de 52,5 millones de euros de multa a 97,1 . No obstante, todavía cabe recurso.
El auto, fechado el 30 de enero, responde a una aclaración solicitada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que advertían de «un error en la imposición de la pena». Argumentaban que tal y como está tipificado el delito de contrabando de bienes culturales en el Código Penal, la juez debía sancionarle dentro de la horquilla más elevada de las penas y sin embargo, se le había impuesto la mitad inferior.
La magistrada considera procedente atender la petición y revisa el fundamento séptimo de la sentencia anterior así como el fallo, de modo que eleva el tiempo de condena de prisión a tres años y un día. Con la sanción económica ocurre algo similar. Se había calculado en el doble del valor del cuadro de Picasso, tasado en 26 millones de euros, pero al aplicar la parte más alta de las penas, la multa sube hasta 97,1 millones de euros.
El resto de la sentencia, contra la que Botín puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid dado que no es firme, no sufre modificaciones. Da por probado que el banquero intentó sacar en barco el cuadro de Picasso «Cabeza de mujer joven» para venderlo en Reino Unido siendo «plenamente consciente» de que el Gobierno se lo había prohibido, dado que Patrimonio en 2012 le había negado permiso para llevárselo de España y el Ministerio de Cultura, tras decretar la inexportabilidad de la obra, había iniciado los trámites para declararla Bien de Interés Cultural.
Haciendo «caso omiso» de las prohibiciones y «dando instrucciones a su capitán para que lo ocultara a las autoridades» , Botín embarcó el Picasso en su goleta, que fue intervenida en aguas de Córcega por los servicios aduaneros franceses cuando el exbanquero tramitaba un permiso para salir de la zona. Revisaron la embarcación, encontraron el cuadro y tras constatar, por un lado, que no tenía permiso de España para sacarlo del país y que además, estaba tramitando pasajes de avión para desplazarse con él a Suiza, se lo intervinieron.
La obra llegó por fin a España en agosto de 2015 y desde entonces, está depositada en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía a disposición judicial. Como explicaba la sentencia inicial, se trata de «un claro ejemplo de patrimonio histórico español , ya que es una contribución de los españoles al mundo del arte». Fechada en 1906, es una rareza: Pertenece al período «Gósol» del artista y no hay obra semejante en territorio español. Si la sentencia adquiere firmeza en sus términos, se convertirá en un bien del Estado.