Claves para entender la polémica de la cuota lingüística en la ley audiovisual
El Gobierno se resiste a obligar a plataformas como Netflix o HBO a incluir en sus catálogos un porcentaje mínimo de obras en lenguas cooficiales, pese al ultimátum de ERC. ¿Quién tiene razón?

El último choque entre Gobierno y ERC tiene que ver con la cuota lingüística que los independentistas quieren aplicar a las plataformas audiovisuales que operan en España, independientemente de su origen. ¿Tiene margen el Ejecutivo para aplicar esta cuota? ¿Qué dice la directiva europea? Aquí, ... las claves de la polémica sobre la ley audiovisual.
¿Qué es la ley audiovisual?
El Gobierno ha aprovechado la obligación de transponer la directiva europea 2018/1808 para remitir al Congreso una nueva ley audiovisual que sustituirá a la aprobada en el año 2010. Mientras que la normativa vigente establece obligaciones casi exclusivamente para la Televisión Digital Terrestre, el Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual regula también la actividad de las plataformas televisivas a demanda–Netflix, Movistar...– y las plataformas de intercambio de vídeos como YouTube. El plazo para adaptar la directiva europea expiró el 19 de septiembre de 2020. Si antes de fin de año no se completa la transposición, habrá sanciones.
¿Qué es el principio de país de origen?
De acuerdo con la figura del principio de país de origen, aplicable de manera general en la directiva relativa a la prestación de servicios de comunicación audiovisual, los operadores están sometidas a la soberanía del Estado miembro en el que tienen su sede. En la redacción de la ley audiovisual, el Gobierno se refiere a esta limitación para no incluir a Netflix, Prime Video (Amazon), Apple TV+, Disney+ o HBO entre las plataformas obligadas a incluir en su catálogo una cuota mínima del 6 por ciento de producciones en las lenguas cooficiales de España, como exige ERC al Gobierno para darle el visto bueno no solo a la ley, sino a los Presupuestos Generales del Estado del próximo ejercicio.
¿Dónde radica la sede de las plataformas?
La directiva europea dispone que la sede central de los prestadores de servicios se encuentra en el país del que son originarios. Y Netflix, HBO y el resto de grandes plataformas que operan en España vienen de Estados Unidos. Pero el profesor de la Universidad Complutense de Madrid y experto en políticas comunitarias Sergio Príncipe Hermoso explica que en el artículo 2 de la directiva se establece que si las decisiones editoriales sobre el servicio de comunicación audiovisual se toman en otro Estado miembro, se considerará que el «prestador está establecido en el Estado miembro en que trabaja una parte significativa del personal que realiza la actividad de programación del servicio de comunicación audiovisual».
De acuerdo con este concepto de 'plataforma bajo jurisdicción', los Estados miembros tienen la facultad de incluirlas en la lista de prestadores de servicios de comunicación sujetos a su jurisdicción. Según Príncipe Hermoso, Netflix, por su grado de implantación en España, sí podría ser incluido en esta lista. No ocurriría lo mismo con Disney+. Se puede comparar a la batalla que tiene la Unión Europea con las multinacionales sobre la fiscalidad. Estas recurren a ingeniería financiera para no tributar en Europa y pagar menos mientras que la UE defiende que al operar en terreno comunitario y recibir beneficios por ello, deben tributar aquí.
Trasladado al terreno audiovisual, España podría aplicar la misma lógica a Netflix. Los Estados miembros, según la directiva, «establecerán y mantendrán actualizada una lista de los prestadores de servicios de comunicación sujetos a su jurisdicción e indicarán en cuáles de los criterios [...] se basa su jurisdicción». España tendría margen para incluir aquí a algunas operadoras internacionales.
¿Qué dice la legislación española?
La ley audiovisual indica que las plataformas españolas –Movistar, Filmin, FlixOlé...– deben reservar un 30 por ciento de su catálogo a obras europeas . La mitad, un 15 por ciento, deben ser en lenguas oficiales en España y, de esa subcuota, el 40 por ciento deberán ser obras audivisuales en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. Esta es la cuota del 6 por ciento que ERC quiere aplicar a todos los operadores. El Gobierno solo la dispone sobre las nacionales apoyándose en el artículo 13.1 de la directiva. Este dice que los Estados miembros deben obligar a las plataformas «sujetas a su jurisdicción» a tener un porcentaje de al menos el 30 por ciento en sus catálogos y a garantizar la prominencia de dichas obras. No hay referencia a las lenguas cooficiales, algo que el Gobierno introdujo a última hora en base a otras disposiciones generales que piden cuidar la diversidad cultural y lingüística. El Ejecutivo, si en su interpretación de la directiva primara el principio de jurisdicción sobre el de país de origen, podría aplicar a Netflix la cuota del 6 por ciento.
¿Por qué Netflix sí debe apoyar las producciones?
El artículo 13.2 de la directiva admite excepciones al principio de país de origen en materia de financiación de producciones audiovisuales, y así se recoge en la ley española. De este modo, cualquier operadora que ofrezca su servicio en España deberá contribuir a la financiación anticipada de la obra audiovisual europea. ERC apela a esta excepción para incluirla también en la cuota lingüística de los catálogos. El Gobierno indica que la cuantía de la obligación de financiación anticipada de obra audiovisual europea se calculará en función de los ingresos anuales. Quedan exentos los prestadores con una facturación generada por sus servicios en España inferior a 10 millones de euros al año.
¿Cumplen ya las plataformas las cuotas lingüísticas?
Jaume Ripoll, cofundador y director editorial de Filmin, dijo en su perfil de Twitter que en su catálogo tienen más de un 18% de obras en lenguas cooficiales. Movistar también ha sacado pecho de su producción en catalán o con subtítulos y doblaje en catalán. Netflix, HBO y Disney, cuestionados por ABC, no aportaron cifras del porcentaje de obras en lenguas cooficiales en sus catálogos. El profesor Príncipe Hermoso apunta que Netflix, por ejemplo, ya cumple con la premisa de hacer visibles las producciones europeas en su catálogo.
¿Qué otras figuras regula la ley audiovisual?
El proyecto de ley va mucho más allá que la cuota de obras europeas que ERC está cuestionando al Gobierno. Entre las novedades de la ley, destacan la obligación para las plataformas de intercambio de vídeos de aplicar sistemas de verificación de edad y establecer mecanismos para calificar los contenidos en función de la edad. También se prohíben la publicidad subliminal, de tabaco y cigarillos electrónicos y todos aquellos anuncios que utilicen a la mujer con carácter vejatorio. Se imponen restricciones horarias a la publicidad de bebidas alcohólicas, de esoterismo y juegos de azar y apuestas. También se recoge que la financiación de RTVE debe realizarse con aportaciones de todos los agentes presentes en el mercado audiovisual que compiten por la misma audiencia: la televisión convencional, las plataformas a demanda y las plataformas de intercambio de vídeos. Esta aportación deben realizarla tanto aquellos prestadores que estén establecidos en España como los que estén en otro país de la Unión Europea, siempre que ofrezcan sus servicios en España.
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