Italia acorrala a la piratería en 35 días
El comisario de AGcom visitó ayer España para confrontar el reglamento italiano contra la vulneración de derechos en internet con los ministerios de Cultura e Industria españoles
El comisario de la agencia italiana para la seguridad en internet AGCom , Francesco Posteraro, visitó ayer Madrid para reunirse con el ministerio de Cultura, el de Industria y los portavoces de Cultura del Congreso. Invitado por la Coalición de Creadores , Posteraro confrontó con los responsables políticos el reglamento italiano aprobado por el organismo -completamente independiente- el pasado mes de marzo con nuestra ley, aprobada hace unas semanas.
Inspirado en el modelo español, el reglamento italiano, con solo siete meses de andadura, parece resultar más eficaz -de 120 denuncias presentadas, el 30% fueron desestimadas por defectos, y resto desalojó los contenidos ilícitos tras la notificación-, aunque Posteraro prefiere no echar las campanas al vuelo y se muestra cauto. «No sé si nuestros resultados son mejores que en España. Creo que todavía es pronto para hacer un balance».
El índice de piratería en Italia también es importante, aunque quizá no alcance las cifras de nuestro país. «El más alto se produce en la música, y representa el 48%. Una cosa que me preocupa mucho es que, según un artículo que leí el año pasado, en 2012 en Italia, cerca de 10 millones de ordenadores descargaron contenidos ilícitos», explica Posteraro.
«En Italia la población no ha captado todavía el mensaje de que piratear es delito»
El reglamento se compone de dos partes: «La promoción de la oferta legal y la educación de los consumidores». En Italia como España el mensaje de que piratear es un delito no ha calado demasiado todavía en la población. «Todavía creo que no ha sido captado del todo», se lamenta. Esto ha llevado a la creación de un comité técnico, del que forman parte los operadores, productores, autores... «cuyo objetivo es poner en marcha campañas de educación y de autorregulación, y hacer un segumiento de la eficacia del reglamento».
Otra parte del reglamento se ocupa de «la represión de las vulneraciones de derechos de autor. Este segundo apartado, provee la creación de un procedimiento que es alternativo y paralelo al judicial». Un aspecto en el que se diferencia de la ley española en «donde el procedimiento administrativo culmina con el procedimiento judicial es que el nuestro es completamente autónomo de la justicia». Lo que no significa que sea ajena a ella. «La base jurídica sobre la que se sustenta nuestro reglamento es nuestra ley nacional sobre los derechos de autor y la directiva europea sobre comercio electrónico, donde se prevé que se puede perseguir la vulneración a través de la autoridad administrativa y de la judicial». Esto significa que en Italia, gracias a este reglamento, no hay que recurrir a un juez para el bloqueo de una página que albergue contenidos ilícitos, como sucede en nuestro país, lo que agiliza enormemente la posibilidad de poner freno a la piratería.
Desalojo y bloqueo
Mientras las resoluciones en nuestro país -donde no hay límite temporal para gestionar la denuncias- tardan una media de 400 días por denuncia, según datos de la Coalición de creadores, con el reglamento italiano este plazo se rebaja considerablemente. «Nuestro procedimiento debe concluir en un plazo máximo de 35 días laborales desde el momento que se presenta la denuncia. En el caso de la piratería masiva, que es más grave, ese plazo se reduce a 12 días hábiles desde la solicitud».
«El plazo para cumplir la orden es de 3 días, 2 en casos urgentes»
Una vez que llega la denuncia, si no se ha producido la vulneración, se archiva, pero si sí lo ha hecho «emitimos una orden ejecutable inmediatamente, a diferencia de lo que sucede en España». Si el proveedor es italiano, se intenta desalojar el contenido ilegal. Si se trata de una página de vulneración masiva, entonces emitimos una orden de bloqueo».
En caso de que sean desoídas estas órdenes, se plantean las multas económicas, que oscilan entre los 10.000 y los 250.000 euros. «Si no se cumple la orden -cuyo plazo es de tres días, y de dos días en los casos urgentes-, entonces se pone en marcha la sanción. Esto todavía no se ha producido», subraya Posteraro. Si la página web se encuentra en el extranjero, «no se puede emitir la orden de eliminación del contenido, porque va en contra de lo que establece la ley europea. La única solución es bloquear la página web».
Disuadir a los consumidores
El bloqueo no se realiza sobre la IP del proveedor, sino sobre la DNS (la dirección de la página), lo que provoca que el consumidor no pueda acceder a la web. «Hemos comprobado que esta técnica provoca la caída del interés de los consumidores, que no son unos piratas expertos, por esa página». La recurrencia a esa página baja «hasta en un 40%».
«No hacemos un seguimiento preventivo. No somos el sheriff de internet»
«Otra de las diferencias de nuestro reglamento -apunta Posteraro- con la ley española, es que solo va dirigido a los proveedores en internet y no va contra los usuarios, los uploaders, ni a los gestores de la página web». El procedimiento, además, solo lo pueden poner en marcha «los titulares de derechos o una asociación, no se puede hacer de oficio. No hacemos un seguimiento preventivo de la red. No somos el sheriff de internet», bromea el comisario de AGcom.
La notificación es enviada a los proveedores de contenidos ilícitos, «pero también a todas las partes interesadas, como los uploaders, los gestores para que puedan intervenir si lo consideran necesario. Intentamos complementar la eficiencia con la rapidez y la garantía del proceso».
Resultados interesantes
En siete meses, AGcom ha recibido un total de 120 denuncias, la mayoría tenían que ver con páginas italianas. El 30% fueron archivadas por que no tenían fundamento, el resto terminaron por adecuación espontánea, lo que quiere decir que tanto pronto como se inició el procedimiento se eliminaron de manera espontánea los contenidos ilícitos. Es un resultado interesante porque demuestra que en internet no existe un rechazo a la tutela de los derechos, más bien al contrario».
«Gracias a este reglamento Italia salió de la Lista 301»
Según explica Posteraro, la orden de bloqueo puede ser «impugnada ante la autoridad judicial, pero esta no suspende la aplicación de la orden de bloqueo hasta que el tribunal no haya resuelto la apelación, que si quiere puede anularla, pero de momento esto no ha sucedido»
Algo de lo que se muestra muy orgulloso el comisario de AGcom es de que gracias a este reglamento «Italia ha salido de la Lista 301» confeccionada por Estados Unidos, donde aparecen los países donde más se vulneran los derechos de propiedad intelectual. España salió de esa lista en 2012, después de permanecer en ella durante cuatro años.
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