La justicia admite un recurso contra el pago de la educación en castellano

Los recurrentes, asociaciones en favor del bilingüismo, creen que la norma vulnera el principio constitucional de igualdad

La justicia admite un recurso contra el pago de la educación en castellano inés baucells

abc.es

La Audiencia Nacional, ha admitido a trámite el recurso interpuesto por las entidades Impulso Ciudadano, Asociación por la Tolerancia, Galicia Bilingüe y Asamblea por la Escuela Bilingüe de Cataluña contra el decreto del Ministerio de Educación que contempla que la administración pague a los padres la educación en castellano a sus hijos si en la comunidad autónoma donde viven no hay oferta pública bilingüe. La Audiencia Nacional ya ha remitido el recurso al Tribunal Supremo, el competente en estos casos.

La LOMCE regula el régimen de cooficialidad lingüística en el sistema educativo y prevé que las Comunidades Autónomas puedan implantar sistemas de elección de lengua o de conjunción de ambas lenguas oficiales en la enseñanza. Para el caso de que la administración educativa de una comunidad autónoma no garantice el derecho a ser escolarizado en castellano y recibir, al menos, parcialmente la educación en este idioma, ha introducido un mecanismo compensatorio para las familias que decidieran acudir a centros privados. Hasta ahora, en el caso de Cataluña el Ministerio de Educación ha recibido hasta el momento 322 solicitudes de familias que piden una compensación económica por tener que escolarizar a sus hijos en un centro privado.

Los recurrentes denuncian que el Decreto 591/2014 regula los procedimientos administrativos relativos al reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización de una manera "alambicada", que "en la práctica conlleva que el derecho a la escolarización en castellano no se garantice", según señalaron en un comunicado.

Inconstitucional

Entre otros argumentos, las entidades probilingüismo detallan que el Decreto aprobado conlleva la vulneración de diversos preceptos constitucionales y de la propia LOMCE. Así, consideran que la citada norma es contraria al principio de igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución española ya que los alumnos pertenecientes a comunidades lingüísticas diferentes del castellano en los territorios con cooficialidad lingüística tienen garantizado su derecho a la educación básica en un centro público y de forma gratuita, un derecho fundamental recogido en el artículo 27.4 de la Constitución española, y el ejercicio de este derecho no se garantiza a los alumnos castellano hablantes. "El Decreto hace que el derecho que se pretende garantizar quede condicionado a requisitos y limitaciones excesivas que dificultan su ejercicio más allá de lo razonable y que lo despojan de la necesaria protección", abundan.

Múltiples inconvenientes

Los recurrentes subrayan que ante la carencia de centros educativos sostenidos con fondos públicos que escolaricen también en castellano, algo muy frecuente en algunas Comunidades Autónomas, los padres tendrán que matricular previamente a sus hijos en centros privados. Y en algunas Comunidades autónomas, indican, no existen tampoco centros privados con oferta educativa en castellano.

Entre otras carencias denunciadas en su recurso, las entidades probilingüisnmo señalan que "se exige a los padres que anticipen los gastos de matriculación y escolarización. Para que ese dinero les sea reembolsado, han de iniciar un tortuoso procedimiento administrativo". Además, "se limita el importe de los gastos de escolarización a lo que cuesta una plaza en un centro público por alumno, cuando en el privado, el precio suele ser superior".

"A la vista de todos estos inconvenientes", concluyen, "a nadie puede extrañar que sólo unos pocos padres hayan acudido a esta vía compensatoria".

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